/ martes 7 de febrero de 2023

Prepara Tribunal liberación anticipada de 16 reclusos

El Tribunal Superior de Justicia revisara el estatus de 16 personas privadas de su libertad para asegurar que puedan acceder al beneficio de libertad anticipada

Como el caso de Maria Luisa Villanueva, quien fue liberada del penal de Atlacholoaya la semana pasada, 16 personas privadas de su libertad podrían acceder al beneficio de libertad anticipada tras un proceso de revisión, donde se establezca que no tuvieron una defensa adecuada. Así lo dio a conocer el presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Luis Jorge Gamboa Olea informó que

“Son aproximadamente 16 documentados, entre varones y mujeres, en donde vamos a revisar el estatus de cada uno de ellos. Vamos a ver en dónde está la situación del por qué no obtuvieron este beneficio preliberacional”, dijo Gamboa Olea.

Detalló que la Ley de Reinserción Social obliga al TSJ a observar si en cada recluso o reclusa se cumplió con el debido proceso, si el inculpado tuvo una defensa inadecuada o no se respetaron sus derechos como grupos vulnerables.

Te interesa: Pésima calidad de la justicia en Morelos: víctimas

En el caso de Maria Luisa Villanueva, quien estuvo en prisión durante 25 años, el TSJ no fue quien tomo la decisión de ponerla en libertad, sino que recibió un oficio por parte del Centro de Reinserción Social de Atlacholoaya, para solicitar que se revisara el beneficio de libertad anticipada.

Al ser liberada a la fuerza del Centro de Reinserción Social de Atlacholoaya, Villanueva acusó que ella se había negado a obtener su libertad de esta manera, ya que buscaba ser reconocida como inocente del secuestro que nunca cometió.

Por este hecho, presentó una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos por “Actos violatorios a los derechos humanos", cuyo folio es 15148/2023.




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Como el caso de Maria Luisa Villanueva, quien fue liberada del penal de Atlacholoaya la semana pasada, 16 personas privadas de su libertad podrían acceder al beneficio de libertad anticipada tras un proceso de revisión, donde se establezca que no tuvieron una defensa adecuada. Así lo dio a conocer el presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Luis Jorge Gamboa Olea informó que

“Son aproximadamente 16 documentados, entre varones y mujeres, en donde vamos a revisar el estatus de cada uno de ellos. Vamos a ver en dónde está la situación del por qué no obtuvieron este beneficio preliberacional”, dijo Gamboa Olea.

Detalló que la Ley de Reinserción Social obliga al TSJ a observar si en cada recluso o reclusa se cumplió con el debido proceso, si el inculpado tuvo una defensa inadecuada o no se respetaron sus derechos como grupos vulnerables.

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En el caso de Maria Luisa Villanueva, quien estuvo en prisión durante 25 años, el TSJ no fue quien tomo la decisión de ponerla en libertad, sino que recibió un oficio por parte del Centro de Reinserción Social de Atlacholoaya, para solicitar que se revisara el beneficio de libertad anticipada.

Al ser liberada a la fuerza del Centro de Reinserción Social de Atlacholoaya, Villanueva acusó que ella se había negado a obtener su libertad de esta manera, ya que buscaba ser reconocida como inocente del secuestro que nunca cometió.

Por este hecho, presentó una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos por “Actos violatorios a los derechos humanos", cuyo folio es 15148/2023.




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