/ jueves 2 de febrero de 2023

Después de 25 años y sin mayor explicación, María Luisa fue liberada de la cárcel

La mujer de 48 años sostuvo que no va a descansar hasta que se demuestre su inocencia

En contra de su voluntad, cargada por cuatro elementos de la policía y con lágrimas la señora María Luisa Villanueva, quien estuvo presa en el penal femenil de Atlacholoaya por el delito de secuestro durante 25 años, salió de la cárcel bajo el beneficio del tratamiento preliberacional, sin embargo, su deseo era que se le reconociera su inocencia.

“Yo no quería salir así, estábamos a 13 días de saber qué iba a pasar con mi caso. Yo nunca pedí salir, yo ya sabía que podía salir con ese beneficio desde hace cinco años, pero para mí es importante que el Estado reconozca que se equivocó conmigo”, declaró Villanueva en entrevista para El Sol de Cuernavaca.

Te interesa: Hacinamiento, sin solución en Morelos

El pasado 30 de enero, el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia, Luis Jorge Gamboa, solicitó el reconocimiento de su culpabilidad para darle este beneficio, sin embargo, ella se negó, ya que aseguró que pronto se demostraría su inocencia.

Villanueva relató que se le notificó que iban a llevar a cabo un proceso de libertad, por lo que de inmediato manifestó su desacuerdo y aseguró que esperaría dentro del penal a que llegara el 13 de febrero, fecha en la que la Fiscalía General del Estado (FGE) iba a judicializar la carpeta y obtener el reconocimiento de su inocencia: “yo dije que iba a esperar hasta agotar los recursos”, declaró.

Al negarse Villanueva a firmar los documentos para salir, cuatro elementos del centro penitenciario tuvieron que cargarla para sacarla de Atlacholoaya.


Seguirán buscando justicia

La mujer de 48 años sostuvo que no va a descansar hasta que se demuestre su inocencia: ”seguiré luchando, esto no termino, soy inocente”.

Su defensa, encabezada por el abogado Eutiquio Damián Santiago aseguró que fue puesta en libertad sin fundamento y en contra de su voluntad, hechos por los que presentarán una queja ante la Comisión de los Derechos Humanos en Morelos (CDHM).

La defensa de María Luisa Villanueva, junto con sus familiares colocaron en varías ocaciones una gran manta en Plaza de Armas para visibilizar su caso. / Archivo | El Sol de Cuernavaca


“La echaron a la vía pública a pesar de que ella ya había manifestado que no quería salir bajo esas condiciones”, informó Damián Santiago.

Villanueva fue detenida por el Grupo Antisecuestro en 1998, su defensa asegura que para demostrar su culpabilidad se fabricaron pruebas y que recibió actos de tortura durante cuatro días. Se le imputó una condena de 30 años, de los cuales ya cumplió con 25.

Se espera que este 3 de febrero, se lleve a cabo una rueda de prensa para dar más detalles del caso, así como las acciones que van a ejecutar tras este proceso.

¿Qué es el tratamiento preliberacional?

El tratamiento preliberacional es el beneficio que se otorga al sentenciado después de que haya cumplido el 70% de la pena privativa de libertad impuesta, incluyendo, en su caso la remisión parcial de la condena.

Algunos de los requisitos para obtener este beneficio es que el sentenciado haya trabajado en actividades industriales, de servicios generales o actividades educativas; mantener buena conducta durante su privación y en caso de haber sido condenado, deberá pagar la reparación del daño.


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En contra de su voluntad, cargada por cuatro elementos de la policía y con lágrimas la señora María Luisa Villanueva, quien estuvo presa en el penal femenil de Atlacholoaya por el delito de secuestro durante 25 años, salió de la cárcel bajo el beneficio del tratamiento preliberacional, sin embargo, su deseo era que se le reconociera su inocencia.

“Yo no quería salir así, estábamos a 13 días de saber qué iba a pasar con mi caso. Yo nunca pedí salir, yo ya sabía que podía salir con ese beneficio desde hace cinco años, pero para mí es importante que el Estado reconozca que se equivocó conmigo”, declaró Villanueva en entrevista para El Sol de Cuernavaca.

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El pasado 30 de enero, el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia, Luis Jorge Gamboa, solicitó el reconocimiento de su culpabilidad para darle este beneficio, sin embargo, ella se negó, ya que aseguró que pronto se demostraría su inocencia.

Villanueva relató que se le notificó que iban a llevar a cabo un proceso de libertad, por lo que de inmediato manifestó su desacuerdo y aseguró que esperaría dentro del penal a que llegara el 13 de febrero, fecha en la que la Fiscalía General del Estado (FGE) iba a judicializar la carpeta y obtener el reconocimiento de su inocencia: “yo dije que iba a esperar hasta agotar los recursos”, declaró.

Al negarse Villanueva a firmar los documentos para salir, cuatro elementos del centro penitenciario tuvieron que cargarla para sacarla de Atlacholoaya.


Seguirán buscando justicia

La mujer de 48 años sostuvo que no va a descansar hasta que se demuestre su inocencia: ”seguiré luchando, esto no termino, soy inocente”.

Su defensa, encabezada por el abogado Eutiquio Damián Santiago aseguró que fue puesta en libertad sin fundamento y en contra de su voluntad, hechos por los que presentarán una queja ante la Comisión de los Derechos Humanos en Morelos (CDHM).

La defensa de María Luisa Villanueva, junto con sus familiares colocaron en varías ocaciones una gran manta en Plaza de Armas para visibilizar su caso. / Archivo | El Sol de Cuernavaca


“La echaron a la vía pública a pesar de que ella ya había manifestado que no quería salir bajo esas condiciones”, informó Damián Santiago.

Villanueva fue detenida por el Grupo Antisecuestro en 1998, su defensa asegura que para demostrar su culpabilidad se fabricaron pruebas y que recibió actos de tortura durante cuatro días. Se le imputó una condena de 30 años, de los cuales ya cumplió con 25.

Se espera que este 3 de febrero, se lleve a cabo una rueda de prensa para dar más detalles del caso, así como las acciones que van a ejecutar tras este proceso.

¿Qué es el tratamiento preliberacional?

El tratamiento preliberacional es el beneficio que se otorga al sentenciado después de que haya cumplido el 70% de la pena privativa de libertad impuesta, incluyendo, en su caso la remisión parcial de la condena.

Algunos de los requisitos para obtener este beneficio es que el sentenciado haya trabajado en actividades industriales, de servicios generales o actividades educativas; mantener buena conducta durante su privación y en caso de haber sido condenado, deberá pagar la reparación del daño.


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