/ sábado 18 de febrero de 2023

Debut y despedida de la ministra Mossa

La politología, la ciencia política, la democracia y las distintas formas de gobernar hoy se dan cita, participan los tres poderes de la República, para emitir una resolución justa, apegada a derecho y que salvaguarde los derechos humanos fundamentales, de quienes han participado en este evento. Diciembre 2022, enero 2023 y lo que va de febrero, han sido días de hacer gala de la figura gramatical oxímoron; de los bulos; —Fake News—; de los hatajos —grupos de facinerosos— que entremezclados hoy han dado una muestra de la recuperación del estado de derecho, para los sujetos que han participado en el zipizape de la señora Mossa. De la UNAM, que es autoridad y por lo tanto sus resoluciones son recurribles a través del juicio de garantías para que los derechos humanos fundamentales constitucionales de cuantos han intervenido no se violen.

La ignorancia se multiplica. Tirios y troyanos opinaron; algunos irreflexivamente, otros para “llevar agua a su molino” y los demás para contribuir a la cortina de humo, que desde la perspectiva de quien esto escribe, y sobre todo en mi calidad de Licenciado en Derecho y conocedor de las leyes vigentes en la universidad moderna, nos llevan a ratificar el título de esta columna y el subtítulo del artículo que hoy desarrollamos. No hay delito sin ley; decían los clásicos “Nullum crimen sine lege”.

La palabra plagio y sus sinónimos después de una búsqueda intensa que hemos hecho en las diferentes leyes orgánicas reglamentarias y otras de la UNAM no contienen esta palabra.

En las áreas sociales una tesis de licenciatura debe seguir determinadas características y satisfacer ciertos requisitos, para finalmente presentar un examen, y en caso de aprobarlo recibir el título correspondiente, que en este supuesto sería de Licenciado en Derecho. Situación que se dio con la señora Mossa, su directora de tesis y Edgar el otro protagonista de este triángulo.

En diciembre del año pasado el rumbo político para elegir al sucesor o sucesora de Saldívar se agitó.

Sheridan, Loret de Mola y la Jornada online dijeron “yo lo expresé primero”; y se agregaron a sus absurdos mentales y vericuetos, que finalmente una Jueza Federal de Distrito en materia administrativa ha puesto las cosas en su lugar.

Las comisiones de Ética y las normas que usted quiera invocar distinguido lector, no tienen previsto, primero la ley que de manera general o específica dijera qué es un plagio; cuál es el porcentaje mínimo para invocarlo y castigar; si existe la copia o como decían los italianos, con su palabra original, “Fusillatta”, pero finalmente la Jueza de Distrito puso orden; el cual consiste en metafóricamente: “Quietos”; “No hagan olas”; no hay resolución judicial que exonere o condene a Mossa, y en consecuencia la extraordinaria figura del amparo mexicano, con la suspensión provisional temporal deja las cosas en el estado en que se encuentran, y a finales de febrero, según lo que hemos leído, se resolverá la cuestión constitucional; y después habrá que ir al fondo del amparo; desde ahora, desde nuestra perspectiva es confusa; y por ello y dada la limitación del espacio sintetizaré mis observaciones en las siguientes conclusiones.

Primera: La señora Mossa ha ejercido su derecho para invocar la norma que la proteja y que se salvaguarde la presunción de inocencia que tiene hasta que no sea declarado lo contrario.

Segunda: Dicen que “En palacio la justicia va despacio” y seguramente que pasarán meses, correrán ríos de agua bajo este puente, que no volverán a ser los mismos, y que desde nuestra perspectiva ahí quedará salvaguardado el estado de derecho y la presunción de inocencia.

Tercera: La Ministra Mossa que entró en el año 2019 terminará en el año 2034.


Licenciado en Derecho. Director de la Programación Digital de la Revista de Derecho Familiar “Pater Familias” de la UNAM. Politólogo Autodidacta. jhernandez366@hotmail.com


La politología, la ciencia política, la democracia y las distintas formas de gobernar hoy se dan cita, participan los tres poderes de la República, para emitir una resolución justa, apegada a derecho y que salvaguarde los derechos humanos fundamentales, de quienes han participado en este evento. Diciembre 2022, enero 2023 y lo que va de febrero, han sido días de hacer gala de la figura gramatical oxímoron; de los bulos; —Fake News—; de los hatajos —grupos de facinerosos— que entremezclados hoy han dado una muestra de la recuperación del estado de derecho, para los sujetos que han participado en el zipizape de la señora Mossa. De la UNAM, que es autoridad y por lo tanto sus resoluciones son recurribles a través del juicio de garantías para que los derechos humanos fundamentales constitucionales de cuantos han intervenido no se violen.

La ignorancia se multiplica. Tirios y troyanos opinaron; algunos irreflexivamente, otros para “llevar agua a su molino” y los demás para contribuir a la cortina de humo, que desde la perspectiva de quien esto escribe, y sobre todo en mi calidad de Licenciado en Derecho y conocedor de las leyes vigentes en la universidad moderna, nos llevan a ratificar el título de esta columna y el subtítulo del artículo que hoy desarrollamos. No hay delito sin ley; decían los clásicos “Nullum crimen sine lege”.

La palabra plagio y sus sinónimos después de una búsqueda intensa que hemos hecho en las diferentes leyes orgánicas reglamentarias y otras de la UNAM no contienen esta palabra.

En las áreas sociales una tesis de licenciatura debe seguir determinadas características y satisfacer ciertos requisitos, para finalmente presentar un examen, y en caso de aprobarlo recibir el título correspondiente, que en este supuesto sería de Licenciado en Derecho. Situación que se dio con la señora Mossa, su directora de tesis y Edgar el otro protagonista de este triángulo.

En diciembre del año pasado el rumbo político para elegir al sucesor o sucesora de Saldívar se agitó.

Sheridan, Loret de Mola y la Jornada online dijeron “yo lo expresé primero”; y se agregaron a sus absurdos mentales y vericuetos, que finalmente una Jueza Federal de Distrito en materia administrativa ha puesto las cosas en su lugar.

Las comisiones de Ética y las normas que usted quiera invocar distinguido lector, no tienen previsto, primero la ley que de manera general o específica dijera qué es un plagio; cuál es el porcentaje mínimo para invocarlo y castigar; si existe la copia o como decían los italianos, con su palabra original, “Fusillatta”, pero finalmente la Jueza de Distrito puso orden; el cual consiste en metafóricamente: “Quietos”; “No hagan olas”; no hay resolución judicial que exonere o condene a Mossa, y en consecuencia la extraordinaria figura del amparo mexicano, con la suspensión provisional temporal deja las cosas en el estado en que se encuentran, y a finales de febrero, según lo que hemos leído, se resolverá la cuestión constitucional; y después habrá que ir al fondo del amparo; desde ahora, desde nuestra perspectiva es confusa; y por ello y dada la limitación del espacio sintetizaré mis observaciones en las siguientes conclusiones.

Primera: La señora Mossa ha ejercido su derecho para invocar la norma que la proteja y que se salvaguarde la presunción de inocencia que tiene hasta que no sea declarado lo contrario.

Segunda: Dicen que “En palacio la justicia va despacio” y seguramente que pasarán meses, correrán ríos de agua bajo este puente, que no volverán a ser los mismos, y que desde nuestra perspectiva ahí quedará salvaguardado el estado de derecho y la presunción de inocencia.

Tercera: La Ministra Mossa que entró en el año 2019 terminará en el año 2034.


Licenciado en Derecho. Director de la Programación Digital de la Revista de Derecho Familiar “Pater Familias” de la UNAM. Politólogo Autodidacta. jhernandez366@hotmail.com