El titular de la Secretaría de Desarrollo Sustentable (SDS), José Luis Galindo Cortés informó que gracias a las denuncias que hizo la población, lograron clausurar tres tiraderos clandestinos en la entidad: "Son tres tiraderos clandestinos, obviamente derivados de denuncias ciudadanas".
Galindo Cortés informó que las clausuras se realizaron en los municipios de Mazatepec, Amacuzac y Tlaltizapán, los cuales a través de la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Morelos (Propaem) lograron cerrar temporalmente.
Detalló que en estos sitios la población deposita desechos sólidos a cielo abierto y sin control, lo cual, además de ir en contra de la Ley de Residuos Sólidos del Estado de Morelos, pone en riesgo la seguridad y salud de la ciudadanía.
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La participación ciudadana fue clave para dar con estos espacios, reconoció Galindo Cortés. Dijo que gracias a la difusión que se hace a través de las redes sociales de la SDS y los medios de comunicación se hacen llegar los números a los que puede reportar estas actividades: "Denuncien la tala clandestina, los tiraderos de residuos sólidos, maltrato animal y todo lo que tenga que ver con esta dependencia", pidió el funcionario.
Ninguno de los tres tiraderos que recientemente fueron clausurados buscaron interponer algún tipo de recurso legal como el amparo para seguir operando, Galindo Cortés explicó que al ser clandestinos y no tener un permiso que respalde esta actividad, están lejos de lograr un amparo.
Las tres clausuras se interpusieron como medida de seguridad para contener afectaciones ambientales que esta actividad pudiera ocasionar al estar fuera del marco de la legalidad.
Todos los terrenos, o espacios en los que se depositen residuos deben contar con las autorizaciones ambientales correspondientes y responder a la Norma Oficial Mexicana NOM-083-SEMARNAT-2003, la cual especifica que características debe de tener el sitio en cuestión, la construcción, operación, monitoreo y obras complementarias del mismo para la disposición final de los residuos sólidos urbanos o de manejo especial.
Algunas de las especificaciones que deben cumplir son:
- No se deben ubicar sitios dentro de áreas naturales protegidas, a excepción de los sitios que estén contemplados en el Plan de manejo de estas.
- En localidades mayores de 2500 habitantes, el límite del sitio de disposición final debe estar a una distancia mínima de 500 metros contados a partir del límite de la traza urbana existente o contemplada en el plan de desarrollo urbano.
Puedes denunciar anónimamente cualquier actividad ilegal que sea competencia de la SDS al número: 777 312 63 23 o al 777 312 37 56.
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