/ martes 13 de abril de 2021

Partidos políticos simularon candidaturas indígenas

El Impepac no dará vista a autoridades sobre la documentación apócrifa recibida, asegura Pedro Gregorio Alvarado

Luego de que varios partidos políticos presentaron acreditaciones de adscripción indígena que resultaron falsas o insostenibles, el consejero presidente provisional del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac), Pedro Gregorio Alvarado Ramos, manifestó el organismo electoral local no tienen planeado dar vista a la autoridad sobre la documentación apócrifa entregada.

Como parte de las acciones afirmativas emitidas por el Impepac se estableció que a partir del proceso electoral 2020-2021 los partidos políticos tienen que registrar en sus listas de ayuntamientos y diputaciones a personas indígenas, toda vez que la LV Legislatura debe estar conformada por seis diputadas y diputados con acreditaciones de adscripción indígena, por los distritos III, IV, V y X, así como dos por representación proporcional, una mujer y un hombre.

El consejero electoral refirió que con base en las sentencias de los tribunales, las comunidades indígenas deben expedir las constancias de autoadscripción calificada, lo cual algunos partidos políticos no cumplieron, debido a que ciertas documentales provenían de Asociaciones Civiles de orden estatal o nacional, mismas que no reúnen los requisitos emanados tanto de los lineamientos del Impepac como de las mismas sentencias, por lo que fueron rechazadas.

La sanción, aclaró, va encaminada exclusivamente a que a esa persona que se pretendía reconocer como indígena con autoadscripción calificada no procedió su registro, “no hay una cuestión más allá, es simple y sencillamente que no se les reconoció su calidad de personas indígenas por lo emanado de los tribunales y lineamientos del Impepac, pero tampoco habrá acción jurídica”.

A los partidos políticos y candidatos que no cumplieron con este requisito se les otorgó un periodo de requerimiento para subsanar algunas constancias que a la consideración del órgano electoral no eran válidas, entregando documentos idóneos conforme a las disposiciones de los sistemas normativos vigentes de las poblaciones indígenas, “sí hubo un requerimiento y más que poner a otra persona, más bien ellos se abocaron a buscar la constancia correcta con la comunidad de la que querían postularse”.

El consejero presidente provisional del Impepac reconoció que en Morelos, de acuerdo con un catálogo elaborado por la Comisión de Asuntos Indígenas, encontraron alrededor de 264 comunidades; sin embargo, no es un asunto terminado, puesto que al concluir el proceso electoral deben organizar una consulta con la misma población indígena para conocer sí están conformes con las acciones afirmativas ya emitidas, y también continuar haciendo estudios para encontrar más comunidades que eventualmente no estén registradas en el catálogo.

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Luego de que varios partidos políticos presentaron acreditaciones de adscripción indígena que resultaron falsas o insostenibles, el consejero presidente provisional del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac), Pedro Gregorio Alvarado Ramos, manifestó el organismo electoral local no tienen planeado dar vista a la autoridad sobre la documentación apócrifa entregada.

Como parte de las acciones afirmativas emitidas por el Impepac se estableció que a partir del proceso electoral 2020-2021 los partidos políticos tienen que registrar en sus listas de ayuntamientos y diputaciones a personas indígenas, toda vez que la LV Legislatura debe estar conformada por seis diputadas y diputados con acreditaciones de adscripción indígena, por los distritos III, IV, V y X, así como dos por representación proporcional, una mujer y un hombre.

El consejero electoral refirió que con base en las sentencias de los tribunales, las comunidades indígenas deben expedir las constancias de autoadscripción calificada, lo cual algunos partidos políticos no cumplieron, debido a que ciertas documentales provenían de Asociaciones Civiles de orden estatal o nacional, mismas que no reúnen los requisitos emanados tanto de los lineamientos del Impepac como de las mismas sentencias, por lo que fueron rechazadas.

La sanción, aclaró, va encaminada exclusivamente a que a esa persona que se pretendía reconocer como indígena con autoadscripción calificada no procedió su registro, “no hay una cuestión más allá, es simple y sencillamente que no se les reconoció su calidad de personas indígenas por lo emanado de los tribunales y lineamientos del Impepac, pero tampoco habrá acción jurídica”.

A los partidos políticos y candidatos que no cumplieron con este requisito se les otorgó un periodo de requerimiento para subsanar algunas constancias que a la consideración del órgano electoral no eran válidas, entregando documentos idóneos conforme a las disposiciones de los sistemas normativos vigentes de las poblaciones indígenas, “sí hubo un requerimiento y más que poner a otra persona, más bien ellos se abocaron a buscar la constancia correcta con la comunidad de la que querían postularse”.

El consejero presidente provisional del Impepac reconoció que en Morelos, de acuerdo con un catálogo elaborado por la Comisión de Asuntos Indígenas, encontraron alrededor de 264 comunidades; sin embargo, no es un asunto terminado, puesto que al concluir el proceso electoral deben organizar una consulta con la misma población indígena para conocer sí están conformes con las acciones afirmativas ya emitidas, y también continuar haciendo estudios para encontrar más comunidades que eventualmente no estén registradas en el catálogo.

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