/ lunes 15 de agosto de 2022

Ningún diputado estará en más de diez comisiones en el Congreso

El presidente de la Mesa Directiva del Congreso anticipó que tendrán que revisar y adecuar la norma a lo que ha determinado la Suprema Corte de Justicia de la Nación

A partir de ahora, ningún diputado local podrá formar parte en más de 10 comisiones ordinarias y comités, tras la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Lo anterior, una vez que el pleno de la SCJN invalidó la reforma al primer párrafo del artículo 55 de la Ley Orgánica para el Congreso del Estado de Morelos efectuada mediante Decreto 647, publicado el 12 de febrero de 2020, por medio de la cual se suprimió la prohibición para que los integrantes de la legislatura participaran en más de 10 comisiones ordinarias y comités.

Al respecto, este lunes 15 de agosto, el presidente de la Mesa Directiva del Congreso, Francisco Sánchez Zavala, anticipó que el Congreso tendrá que revisar y adecuar la norma a lo que ha determinado la Suprema Corte.

Precisó que fue la anterior legislatura la que modificó la Ley Orgánica del Poder Legislativo para permitir que un solo diputado o diputada pudiera formar parte de más de 10 comisiones ordinarias, incluidos los comités.

“Hoy la Corte ha sido clara en el sentido de que esa reforma va para atrás, entonces tendremos que adecuar nuestra Ley Orgánica a fin de que se alinee a lo que ha mandatado el máximo tribunal del País”, anticipó el diputado Sánchez Zavala.

El presidente de la Mesa Directiva fue entrevistado al termino de la sesión de la Diputación Permanente este lunes 15 de agosto en la sede legislativa.

Conforme a precedentes, la SCJN también reiteró que de conformidad con los artículos 44 y 50 de la Constitución local, para que una iniciativa tenga el carácter de ley o decreto es necesaria la votación de las dos terceras partes de los integrantes de la legislatura, por lo que, si el órgano legislativo local se integra por 20 diputaciones, se requiere la aprobación por 14 de sus integrantes.

En el caso, el Congreso local aprobó la reforma impugnada con una mayoría de 13 votos, por lo que el Pleno determinó que no se cumplió con el requisito de mayoría calificada exigido por la Constitución Local y, por tanto, se actualizó una violación al procedimiento legislativo.

La acción de inconstitucionalidad 126/2020 fue promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, demandando la invalidez del artículo 55 de la Ley Orgánica para el Congreso del mencionado Estado, reformado mediante Decreto 647, publicado en el periódico oficial de esa entidad de 12 de febrero de 2020.

Durante la entrevista, el presidente del Congreso también expresó su preocupación por el clima de inseguridad que prevalece en la entidad morelense y anticipó que en el mes de septiembre, una vez que inicie el segundo año legislativo, será llamado al Congreso el Fiscal General del Estado, Uriel Carmona Gándara para que presente su informe semestral de actividades ante el pleno legislativo.

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Al respecto, este lunes 15 de agosto, el presidente de la Mesa Directiva del Congreso, Francisco Sánchez Zavala, anticipó que el Congreso tendrá que revisar y adecuar la norma a lo que ha determinado la Suprema Corte.

Precisó que fue la anterior legislatura la que modificó la Ley Orgánica del Poder Legislativo para permitir que un solo diputado o diputada pudiera formar parte de más de 10 comisiones ordinarias, incluidos los comités.

“Hoy la Corte ha sido clara en el sentido de que esa reforma va para atrás, entonces tendremos que adecuar nuestra Ley Orgánica a fin de que se alinee a lo que ha mandatado el máximo tribunal del País”, anticipó el diputado Sánchez Zavala.

El presidente de la Mesa Directiva fue entrevistado al termino de la sesión de la Diputación Permanente este lunes 15 de agosto en la sede legislativa.

Conforme a precedentes, la SCJN también reiteró que de conformidad con los artículos 44 y 50 de la Constitución local, para que una iniciativa tenga el carácter de ley o decreto es necesaria la votación de las dos terceras partes de los integrantes de la legislatura, por lo que, si el órgano legislativo local se integra por 20 diputaciones, se requiere la aprobación por 14 de sus integrantes.

En el caso, el Congreso local aprobó la reforma impugnada con una mayoría de 13 votos, por lo que el Pleno determinó que no se cumplió con el requisito de mayoría calificada exigido por la Constitución Local y, por tanto, se actualizó una violación al procedimiento legislativo.

La acción de inconstitucionalidad 126/2020 fue promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, demandando la invalidez del artículo 55 de la Ley Orgánica para el Congreso del mencionado Estado, reformado mediante Decreto 647, publicado en el periódico oficial de esa entidad de 12 de febrero de 2020.

Durante la entrevista, el presidente del Congreso también expresó su preocupación por el clima de inseguridad que prevalece en la entidad morelense y anticipó que en el mes de septiembre, una vez que inicie el segundo año legislativo, será llamado al Congreso el Fiscal General del Estado, Uriel Carmona Gándara para que presente su informe semestral de actividades ante el pleno legislativo.

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