/ jueves 11 de febrero de 2021

Intervino Cuauhtémoc Blanco en elecciones de Hidalgo: TEPJF

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral consideró que afectó contiendas pasadas por lo que se busca no repetir acción

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideró este jueves que la figura del gobernador Cuauhtémoc Blanco Bravo sí afectó la contienda electoral del año pasado en el estado de Hidalgo, por lo que será sancionado por delitos electorales.

El Pleno determinó por unanimidad la vulneración a los principios de imparcialidad y equidad en la contienda, atribuible a Cuauhtémoc Blanco Bravo, gobernador del estado de Morelos, por su asistencia a un evento proselitista de Daniel Andrade Zurutuza, entonces candidato a presidente municipal de Huejutla, Hidalgo, por el Partido Encuentro Social (PES), durante el proceso electoral local 2019-2020.

Lo anterior, luego de las denuncias realizadas por el Partido Acción Nacional (PAN) ante la participación del mandatario estatal pesista en el evento de cierre de campaña de Andrade Zurutuza el pasado mes de octubre en el marco de las elecciones en aquel estado, lo cual, señalaron, pudo generar presión o influencia indebida entre el electorado, dado el contexto de la realización del evento y por la naturaleza de las atribuciones conferidas constitucional y legalmente a Blanco Bravo.

La magistrada Gabriela Villafuerte Coello, aseveró que Cuauhtémoc Blanco Bravo violó con esta participación el artículo 134 de la Constitución “la mesura, la autocontención y no utilizarse para beneficiar a una candidatura”; puntualizó que cuando hay este tipo de participaciones o este tipo de acontecimientos alguien se beneficia y en este caso el que fuera candidato a presidente municipal de Huejutla, Hidalgo se favoreció.

Los magistrados resolvieron que sí existe una infracción consistente en la vulneración de los principios de imparcialidad y equidad en la contienda electoral atribuida a Cuauhtémoc Blanco Bravo, gobernador del estado de Morelos aunque es inexistente la infracción por el uso de recursos públicos atribuida al jefe del Ejecutivo morelense.

El Pleno ordenó dar vista, con las documentales señalados en la sentencia, al Congreso del Estado de Morelos para fincar responsabilidad administrativa a Blanco Bravo, así como dar vista a la Fiscalía General de la República para las acciones legales conducentes.

Los magistrados atribuyeron responsabilidad indirecta al entonces candidato, Daniel Andrade, por lo que se le impuso una multa.

Cabe recordar que la presencia del gobernador Cuauhtémoc Blanco Bravo fue criticada desde el Congreso de Morelos, particularmente por el diputado sin partido, José Casas González, toda vez que si bien participó en el mitin electoral de su partido, no así a una reunión sostenida entre la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, los legisladores y el Ejecutivo estatal.

El pleno de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideró que, dado el carácter de su investidura y atribuciones, los titulares del Ejecutivo estatal deben atender una mayor exigencia a fin de cumplir su deber de abstención durante los procesos comiciales.

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideró este jueves que la figura del gobernador Cuauhtémoc Blanco Bravo sí afectó la contienda electoral del año pasado en el estado de Hidalgo, por lo que será sancionado por delitos electorales.

El Pleno determinó por unanimidad la vulneración a los principios de imparcialidad y equidad en la contienda, atribuible a Cuauhtémoc Blanco Bravo, gobernador del estado de Morelos, por su asistencia a un evento proselitista de Daniel Andrade Zurutuza, entonces candidato a presidente municipal de Huejutla, Hidalgo, por el Partido Encuentro Social (PES), durante el proceso electoral local 2019-2020.

Lo anterior, luego de las denuncias realizadas por el Partido Acción Nacional (PAN) ante la participación del mandatario estatal pesista en el evento de cierre de campaña de Andrade Zurutuza el pasado mes de octubre en el marco de las elecciones en aquel estado, lo cual, señalaron, pudo generar presión o influencia indebida entre el electorado, dado el contexto de la realización del evento y por la naturaleza de las atribuciones conferidas constitucional y legalmente a Blanco Bravo.

La magistrada Gabriela Villafuerte Coello, aseveró que Cuauhtémoc Blanco Bravo violó con esta participación el artículo 134 de la Constitución “la mesura, la autocontención y no utilizarse para beneficiar a una candidatura”; puntualizó que cuando hay este tipo de participaciones o este tipo de acontecimientos alguien se beneficia y en este caso el que fuera candidato a presidente municipal de Huejutla, Hidalgo se favoreció.

Los magistrados resolvieron que sí existe una infracción consistente en la vulneración de los principios de imparcialidad y equidad en la contienda electoral atribuida a Cuauhtémoc Blanco Bravo, gobernador del estado de Morelos aunque es inexistente la infracción por el uso de recursos públicos atribuida al jefe del Ejecutivo morelense.

El Pleno ordenó dar vista, con las documentales señalados en la sentencia, al Congreso del Estado de Morelos para fincar responsabilidad administrativa a Blanco Bravo, así como dar vista a la Fiscalía General de la República para las acciones legales conducentes.

Los magistrados atribuyeron responsabilidad indirecta al entonces candidato, Daniel Andrade, por lo que se le impuso una multa.

Cabe recordar que la presencia del gobernador Cuauhtémoc Blanco Bravo fue criticada desde el Congreso de Morelos, particularmente por el diputado sin partido, José Casas González, toda vez que si bien participó en el mitin electoral de su partido, no así a una reunión sostenida entre la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, los legisladores y el Ejecutivo estatal.

El pleno de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideró que, dado el carácter de su investidura y atribuciones, los titulares del Ejecutivo estatal deben atender una mayor exigencia a fin de cumplir su deber de abstención durante los procesos comiciales.

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