/ miércoles 17 de julio de 2019

Principios rectores de la función electoral ¿por qué son importantes?

Tienen un papel eje en los razonamientos que justifican las decisiones que se toman en las instituciones del Estado Mexicano

Los principios a nivel constitucional se destacan por su relevancia, objetivo, utilización y jerarquía. Tienen un papel eje en los razonamientos que justifican las decisiones que se toman en las instituciones del Estado Mexicano, ya que son directivas que guían la actividad de interpretación y aplicación del derecho. En la materia electoral ¿cuáles son? ¿qué significan y por qué son necesarios?

Ricardo Uvalle destacaba que la sociedad contemporánea, entendida como una sociedad activa y contestaria demanda mejores decisiones y acciones de gobierno; también más calidad en el desempeño de las instituciones públicas. No es una sociedad pasiva ni silenciada; por el contrario, se comporta de forma plural y organizada para tener presencia destacada en los asuntos públicos, los problemas políticos y los programas económicos. Entendida como una sociedad abierta e interactiva, la sociedad contemporánea toma conciencia de cómo los grupos organizados son capaces de participar en la definición de los programas públicos y de cómo inciden en la estructuración de las acciones que se vierten hacia el conjunto de la vida social. Es importante señalar que la sociedad contemporánea se ha transformado significativamente, hasta provocar que los gobiernos lleven a cabo procesos de cambio institucional.

Las sociedades actuales demandan a sus gobiernos calidad institucional, por eso su desempeño está a prueba en todo momento; lo que lleva a que los gobiernos no tengan punto de reposo, siempre estén en movimiento: tomando decisiones, movilizando recursos, coordinando esfuerzos, implementando programas. Es en este quehacer institucional que toma importancia el servicio público y los principios que deben regir su actuar; lo que éste hace o deja de hacer tiene implicación positiva o negativa en su prestigio institucional. Por ejemplo, en el modelo de Estado democrático de Derecho para la administración pública, los principios que rigen al Estado son: probidad, economía, publicidad, rendición de cuentas, eficacia, responsabilidad, participación, legalidad y eficiencia. Estos principios se depositan en la Constitución para su jerarquización y deben permear en la creación, aplicación y resolución de las diversas situaciones que se presentan en las actividades del Estado.

En la materia electoral existen principios que rigen la función electoral, tanto para la autoridad administrativa como la jurisdiccional. En el caso de la organización de elecciones son seis, y el Instituto Nacional Electoral alude a ellas en el Plan Estratégico 2016-2026: Certeza - todas las acciones que desempeñe el Instituto Nacional Electoral estarán dotadas de veracidad, certidumbre y apego a los hechos, esto es, que los resultados de sus actividades sean prácticamente verificables, fidedignos y confiables. Legalidad - en el ejercicio de las atribuciones y el desempeño de las funciones que tiene encomendadas, el Instituto Nacional Electoral debe observar escrupulosamente el mandato constitucional que las delimita y las disposiciones legales que las reglamenta. Independencia - es la garantía y atributos de que disponen los órganos y autoridades que conforman la Institución para que sus procesos de deliberación y toma de decisiones se den con absoluta libertad y respondan única y exclusivamente al imperio de la ley, afirmándose su total independencia respecto a cualquier poder establecido. Imparcialidad - en el desarrollo de sus actividades, todo el personal del Instituto Nacional Electoral debe reconocer y velar permanentemente por el interés de la sociedad y por los valores fundamentales de la democracia, supeditando a éstos, de manera irrestricta, cualquier interés personal o preferencia política. Máxima publicidad - todos los actos y la información en poder del Instituto Nacional Electoral son públicos y sólo por excepción se podrán reservar en los casos expresamente previstos por las leyes y justificados bajo determinadas circunstancias. Objetividad - implica un quehacer institucional y personal fundado en el reconocimiento global, coherente y razonado de la realidad sobre la que se actúa y la obligación de percibir e interpretar los hechos por encima de visiones y opiniones parciales o unilaterales, máxime si éstas pueden alterar la expresión o consecuencia del quehacer Institucional.

Los principios electorales sirven como columna vertebral al sistema electoral, tienen suma importancia en el andamiaje constitucional porque sirven de directrices; son la base de las disposiciones legales y, en caso de ambigüedad, duda o vacíos legales, colman esas lagunas al integrar e interpretar la norma jurídica. Por lo mismo, los principios electorales son fundamentales para la consolidación del sistema democrático. En conclusión, los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad ofrecen, garantizan y otorgan en conjunto seguridad jurídica en materia electoral.

Los principios a nivel constitucional se destacan por su relevancia, objetivo, utilización y jerarquía. Tienen un papel eje en los razonamientos que justifican las decisiones que se toman en las instituciones del Estado Mexicano, ya que son directivas que guían la actividad de interpretación y aplicación del derecho. En la materia electoral ¿cuáles son? ¿qué significan y por qué son necesarios?

Ricardo Uvalle destacaba que la sociedad contemporánea, entendida como una sociedad activa y contestaria demanda mejores decisiones y acciones de gobierno; también más calidad en el desempeño de las instituciones públicas. No es una sociedad pasiva ni silenciada; por el contrario, se comporta de forma plural y organizada para tener presencia destacada en los asuntos públicos, los problemas políticos y los programas económicos. Entendida como una sociedad abierta e interactiva, la sociedad contemporánea toma conciencia de cómo los grupos organizados son capaces de participar en la definición de los programas públicos y de cómo inciden en la estructuración de las acciones que se vierten hacia el conjunto de la vida social. Es importante señalar que la sociedad contemporánea se ha transformado significativamente, hasta provocar que los gobiernos lleven a cabo procesos de cambio institucional.

Las sociedades actuales demandan a sus gobiernos calidad institucional, por eso su desempeño está a prueba en todo momento; lo que lleva a que los gobiernos no tengan punto de reposo, siempre estén en movimiento: tomando decisiones, movilizando recursos, coordinando esfuerzos, implementando programas. Es en este quehacer institucional que toma importancia el servicio público y los principios que deben regir su actuar; lo que éste hace o deja de hacer tiene implicación positiva o negativa en su prestigio institucional. Por ejemplo, en el modelo de Estado democrático de Derecho para la administración pública, los principios que rigen al Estado son: probidad, economía, publicidad, rendición de cuentas, eficacia, responsabilidad, participación, legalidad y eficiencia. Estos principios se depositan en la Constitución para su jerarquización y deben permear en la creación, aplicación y resolución de las diversas situaciones que se presentan en las actividades del Estado.

En la materia electoral existen principios que rigen la función electoral, tanto para la autoridad administrativa como la jurisdiccional. En el caso de la organización de elecciones son seis, y el Instituto Nacional Electoral alude a ellas en el Plan Estratégico 2016-2026: Certeza - todas las acciones que desempeñe el Instituto Nacional Electoral estarán dotadas de veracidad, certidumbre y apego a los hechos, esto es, que los resultados de sus actividades sean prácticamente verificables, fidedignos y confiables. Legalidad - en el ejercicio de las atribuciones y el desempeño de las funciones que tiene encomendadas, el Instituto Nacional Electoral debe observar escrupulosamente el mandato constitucional que las delimita y las disposiciones legales que las reglamenta. Independencia - es la garantía y atributos de que disponen los órganos y autoridades que conforman la Institución para que sus procesos de deliberación y toma de decisiones se den con absoluta libertad y respondan única y exclusivamente al imperio de la ley, afirmándose su total independencia respecto a cualquier poder establecido. Imparcialidad - en el desarrollo de sus actividades, todo el personal del Instituto Nacional Electoral debe reconocer y velar permanentemente por el interés de la sociedad y por los valores fundamentales de la democracia, supeditando a éstos, de manera irrestricta, cualquier interés personal o preferencia política. Máxima publicidad - todos los actos y la información en poder del Instituto Nacional Electoral son públicos y sólo por excepción se podrán reservar en los casos expresamente previstos por las leyes y justificados bajo determinadas circunstancias. Objetividad - implica un quehacer institucional y personal fundado en el reconocimiento global, coherente y razonado de la realidad sobre la que se actúa y la obligación de percibir e interpretar los hechos por encima de visiones y opiniones parciales o unilaterales, máxime si éstas pueden alterar la expresión o consecuencia del quehacer Institucional.

Los principios electorales sirven como columna vertebral al sistema electoral, tienen suma importancia en el andamiaje constitucional porque sirven de directrices; son la base de las disposiciones legales y, en caso de ambigüedad, duda o vacíos legales, colman esas lagunas al integrar e interpretar la norma jurídica. Por lo mismo, los principios electorales son fundamentales para la consolidación del sistema democrático. En conclusión, los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad ofrecen, garantizan y otorgan en conjunto seguridad jurídica en materia electoral.

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