/ jueves 14 de octubre de 2021

Eutanasia: la situación de Colombia con la muerte asistida

La eutanasia de la colombiana Martha Sepúlveda, que estaba programada para este domingo a las 7 de la mañana, ha sido cancelada, según informó en un comunicado el Instituto Colombiano del Dolor (Incodol), el centro clínico donde iba a realizarse. La eutanasia es parte del derecho humano a tener una muerte digna y existen diferentes medios para lograrla, sin sufrimiento y de acuerdo con los valores de la persona; mientras que solo en siete países del mundo es legal, en México se permite la decisión de suspender o rechazar tratamientos que prolongan la vida y los cuidados paliativos. Solamente en siete países del mundo es legal la eutanasia: Bélgica, Luxemburgo, Colombia, Canadá, Nueva Zelanda, España y Países Bajos, esta última fue la primera nación en aprobar este procedimiento, en abril de 2002. Bélgica le siguió en junio de 2002, mientras que en Luxemburgo se legalizó siete años después, en marzo de 2009; aunque en Colombia no hay legislación, a partir de 1997 se despenalizó y la Corte Constitucional de ese país hizo que el Ministerio de Salud regulara el derecho a una muerte digna en 2014. Canadá legisló en 2016 la eutanasia como “asistencia médica para morir” y aprobó el suicidio asistido. En Nueva Zelanda la legislación siguió a un referendo realizado junto con las elecciones generales en 2020, en el que la mayoría de la población votó por aprobar la medida que entrará en vigor a finales de 2021. En México la eutanasia no es legal, pero se cuenta con la Ley de Voluntad Anticipada, la cual permite que se rechacen tratamientos que ya no quiere el paciente, que solo le prolongan la vida y le causan sufrimiento. Se puede hacer directamente o mediante un documento de voluntad anticipada para cuando no pueda decirlo directamente. La persona deja de recibir tratamientos que ya no le ayudan; antes se llamaba eutanasia pasiva. Es muy importante que haya este avance en la ley, porque algunos médicos pueden pensar que si retiran el tratamiento, cometen homicidio por omisión. Desde que fue diagnosticada con esclerosis lateral amiotrófica (ELA), una enfermedad grave e incurable, su familia decía que la vida de Sepúlveda, de 51 años, se había transformado en un tormento. La mujer iba a ser la primera persona en recibir el procedimiento en Colombia sin tener una enfermedad terminal. Según dice el comunicado, el Comité Científico Interdisciplinario para el Derecho a Morir con Dignidad "concluyó de manera unánime cancelar el procedimiento" al determinar que "no se cumple con el criterio de terminalidad como se había considerado en el primer comité" que evaluó su caso. Lucas Correa, abogado de Sepúlveda, calificó de "ilegítima, ilegal y arbitraria" la decisión de cancelar la eutanasia, y acusó a sus responsables de vulnerar el derecho de la paciente a morir dignamente. "La están obligando a vivir una vida que ella no está dispuesta a seguir viviendo, con unos sufrimientos y dolores que juzga incompatibles con su idea de dignidad", afirmó.

Según medios colombianos, el Ministerio de Salud dijo el sábado en la noche que "hasta el momento, en Colombia no se han realizado eutanasias que no cumplan con el requisito de enfermedad terminal". Agregó que la eutanasia "tan solo está regulada bajo este precepto" y que todas las que se han practicado "cumplen con tal característica". En Colombia la eutanasia fue despenalizada en 1997, pero solo se convirtió en ley en 2015. Desde entonces, se han realizado 157 procedimientos. En julio pasado, la Corte Constitucional del país extendió el derecho a una muerte digna a quienes padezcan "un intenso sufrimiento físico o psíquico" por causa de una lesión o enfermedad incurable. Y el de Martha Sepúlveda se había convertido en el primer caso en que se autoriza una eutanasia en un paciente que no tiene una enfermedad terminal. Mientras la Corte asegura que dicho fallo entró en vigor apenas fue emitido en julio, tanto el Incodol como el Ministerio de Salud argumentan que el fallo no ha sido notificado por el tribunal y por lo tanto no tiene efectos jurídicos. Los doctores del Incodol también señalaron que al ver un reportaje de Sepúlveda en Caracol Televisión concluyeron que su condición médica no justificaba el procedimiento que se había aprobado anteriormente. La familia, a través de su defensa, criticó la ausencia de una valoración médica, se declaró "sorprendida con la falta de ética de los profesionales de Incodol" y dijo que seguirá intentando llevar a cabo la eutanasia de manera legal. No se trata de prolongar la vida, sino de la calidad de la misma, siempre y cuando las personas estén dispuestas a aceptar esos cuidados; se ignora que pueden decidir ya no tener esos cuidados porque ya no alivian el sufrimiento, es una cuestión de autonomía que no se respeta en ocasiones.

La eutanasia de la colombiana Martha Sepúlveda, que estaba programada para este domingo a las 7 de la mañana, ha sido cancelada, según informó en un comunicado el Instituto Colombiano del Dolor (Incodol), el centro clínico donde iba a realizarse. La eutanasia es parte del derecho humano a tener una muerte digna y existen diferentes medios para lograrla, sin sufrimiento y de acuerdo con los valores de la persona; mientras que solo en siete países del mundo es legal, en México se permite la decisión de suspender o rechazar tratamientos que prolongan la vida y los cuidados paliativos. Solamente en siete países del mundo es legal la eutanasia: Bélgica, Luxemburgo, Colombia, Canadá, Nueva Zelanda, España y Países Bajos, esta última fue la primera nación en aprobar este procedimiento, en abril de 2002. Bélgica le siguió en junio de 2002, mientras que en Luxemburgo se legalizó siete años después, en marzo de 2009; aunque en Colombia no hay legislación, a partir de 1997 se despenalizó y la Corte Constitucional de ese país hizo que el Ministerio de Salud regulara el derecho a una muerte digna en 2014. Canadá legisló en 2016 la eutanasia como “asistencia médica para morir” y aprobó el suicidio asistido. En Nueva Zelanda la legislación siguió a un referendo realizado junto con las elecciones generales en 2020, en el que la mayoría de la población votó por aprobar la medida que entrará en vigor a finales de 2021. En México la eutanasia no es legal, pero se cuenta con la Ley de Voluntad Anticipada, la cual permite que se rechacen tratamientos que ya no quiere el paciente, que solo le prolongan la vida y le causan sufrimiento. Se puede hacer directamente o mediante un documento de voluntad anticipada para cuando no pueda decirlo directamente. La persona deja de recibir tratamientos que ya no le ayudan; antes se llamaba eutanasia pasiva. Es muy importante que haya este avance en la ley, porque algunos médicos pueden pensar que si retiran el tratamiento, cometen homicidio por omisión. Desde que fue diagnosticada con esclerosis lateral amiotrófica (ELA), una enfermedad grave e incurable, su familia decía que la vida de Sepúlveda, de 51 años, se había transformado en un tormento. La mujer iba a ser la primera persona en recibir el procedimiento en Colombia sin tener una enfermedad terminal. Según dice el comunicado, el Comité Científico Interdisciplinario para el Derecho a Morir con Dignidad "concluyó de manera unánime cancelar el procedimiento" al determinar que "no se cumple con el criterio de terminalidad como se había considerado en el primer comité" que evaluó su caso. Lucas Correa, abogado de Sepúlveda, calificó de "ilegítima, ilegal y arbitraria" la decisión de cancelar la eutanasia, y acusó a sus responsables de vulnerar el derecho de la paciente a morir dignamente. "La están obligando a vivir una vida que ella no está dispuesta a seguir viviendo, con unos sufrimientos y dolores que juzga incompatibles con su idea de dignidad", afirmó.

Según medios colombianos, el Ministerio de Salud dijo el sábado en la noche que "hasta el momento, en Colombia no se han realizado eutanasias que no cumplan con el requisito de enfermedad terminal". Agregó que la eutanasia "tan solo está regulada bajo este precepto" y que todas las que se han practicado "cumplen con tal característica". En Colombia la eutanasia fue despenalizada en 1997, pero solo se convirtió en ley en 2015. Desde entonces, se han realizado 157 procedimientos. En julio pasado, la Corte Constitucional del país extendió el derecho a una muerte digna a quienes padezcan "un intenso sufrimiento físico o psíquico" por causa de una lesión o enfermedad incurable. Y el de Martha Sepúlveda se había convertido en el primer caso en que se autoriza una eutanasia en un paciente que no tiene una enfermedad terminal. Mientras la Corte asegura que dicho fallo entró en vigor apenas fue emitido en julio, tanto el Incodol como el Ministerio de Salud argumentan que el fallo no ha sido notificado por el tribunal y por lo tanto no tiene efectos jurídicos. Los doctores del Incodol también señalaron que al ver un reportaje de Sepúlveda en Caracol Televisión concluyeron que su condición médica no justificaba el procedimiento que se había aprobado anteriormente. La familia, a través de su defensa, criticó la ausencia de una valoración médica, se declaró "sorprendida con la falta de ética de los profesionales de Incodol" y dijo que seguirá intentando llevar a cabo la eutanasia de manera legal. No se trata de prolongar la vida, sino de la calidad de la misma, siempre y cuando las personas estén dispuestas a aceptar esos cuidados; se ignora que pueden decidir ya no tener esos cuidados porque ya no alivian el sufrimiento, es una cuestión de autonomía que no se respeta en ocasiones.

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