/ martes 7 de febrero de 2023

Usos y costumbres rigen a 127 pueblos en Morelos

Buscan que derechos de comunidades indígenas sean respetados, aunque no siempre de la mejor manera

En Morelos existen usos y costumbres que son aplicados y ejercidos, sustituyendo, en la mayoría de las veces, las normas generales y estableciendo de esta manera formas de autogobierno.

Si bien esta figura en muchas ocasiones ha generado conflictos, también ha servido como objeto de lucha para que sean reconocidos y respetados los derechos de las comunidades.

En el estado existen 127 comunidades que eligen a sus autoridades auxiliares a través de usos y costumbres, así como tres municipios indígenas.

De acuerdo con José Martínez Cruz, representante de la Comisión Independiente de Derechos Humanos (CIDH), aún cuando los pueblos originarios tienen voz y rostro, pareciera que son invisibles para quienes ejercen el poder.

“No se les escucha en sus justos reclamos. Se les margina y excluye de las decisiones y únicamente se les voltea a ver cuando se quieren apoderar de sus tierras y territorios para imponer sus megaproyectos de desarrollo económico, en donde son vistos como un obstáculo y se les trata de desaparecer”.

Pero a pesar de ello, dijo, resisten y luchan, defendiendo sus usos y costumbres, su forma de vivir y de gobernarse.

Al respecto, Adrián Cázares González, secretario técnico del Instituto de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal del Estado de Morelos (Idefomm) y expresidente de Zacualpan de Amilpas (2019-2021), señaló que los usos y costumbres nunca tiene que estar por arriba de la ley ni contravenir con la Constitución u otras leyes; “el uso y costumbre va de la mano con el tema social y democrático de la elección de las figuras de presidente municipal, síndico y regidores. Pero debemos de entender que es una forma de autogobierno sin salirse de la regla”.

Detalló que desde el punto de vista social, el regirse por usos y costumbres violenta muchas garantías individuales, pero que desde el punto legal solo aplica lo que no violenta las garantías ni los derechos humanos de las comunidades y sus integrantes; “se trata de una cuestión de gobernabilidad o de ingobernabilidad”.

Arte | Eduardo Valverde


Los pueblos indígenas

Los pueblos indígenas de Morelos se encuentran dispersos en cerca de 16 municipios y son alrededor de 35 las comunidades nahuas que se concentran principalmente en los municipios de Hueyapan; Tetelcingo, en Cuautla; Santa Catarina, en Tepoztlán; Cuentepec, en el municipio de Temixco, y Xoxocotla.

Sin embargo, hay más localidades que han adoptado los usos y costumbres como una forma de gobierno, tal es el caso de Zacualpan de Amilpas, Tlalnepantla, Coatetelco, Temoac y algunas comunidades de Cuernavaca, como Octepec.

La máxima autoridad en los sistemas normativos indígenas es la asamblea comunitaria, que será conformada por los habitantes que cumplan los requisitos impuestos por la misma comunidad y que sean elegidos por la población mediante el sistema establecido en el municipio.

Sin embargo, a diferencia de otros estados como Guerrero o Oaxaca, los cuales tienen facultades en su código de inscribir sistemas normativos indígenas, en Morelos no se tiene esa inscripción, por lo que no hay un municipio o comunidad que legalmente tenga la facultad para manejarse con usos y costumbres.

Mayte Cazales, consejera estatal electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac), informó que lo que existe en Morelos son dictámenes antropológicos que da el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), los cuales han servido como base para analizar validez de las asambleas, sobre todo cuando se eligen a las autoridades representativas de las comunidades, así como ha servido para resoluciones ante los tribunales, “pero el precedente ante el Impepac no inscribe”, refirió.

¿Autogobierno en las comunidades de Cuernavaca?

Existen comunidades indígenas que llevan sus usos y costumbres a un autogobeirno, en muchas ocasiones sin ley, tal es el caso del pueblo de Ocotepec, localidad perteneciente al municipio de Cuernavaca, donde con el argumento de que es un pueblo que se rige por usos y costumbres, ha implementado un sistema de seguridad con atribuciones que no le corresponde a la comunidad.

En varias ocasiones se han generado por parte de sus pobladores, a través de las llamadas rondas, retenciones de elementos de cualquier corporación policiaca que se atreva a entrar a lo que consideran su territorio, además de tomarse atribuciones que no les corresponde como el otorgar una sentencia moratoria a personas que realizan diferentes actos que vayan en contra de la ideología pueblo.

Pero no solo ahí ocurre, este tipo de situaciones suceden también en Acapatzingo y Ahuatepec, lugares donde de la misma forma aseguran regirse por usos y costumbres con el fin de obtener beneficios, pues a pesar de que pertenecen al municipio de Cuernavaca, sus representantes usan su “poder” para realizar cobros que no les corresponden, como permisos y licencias, sobre todo cuando se refiere a la venta de alcohol, pese a que los auxiliares municipales no están facultados para otorgar este tipo de permisos, pero haciendo uso de “los usos y costumbre” no les importa violar la ley.

Zacualpan y Tlacotepec

A pesar de que en Morelos hay varias comunidades que se rigen por usos y costumbres, lo que se ha visto en elecciones pasadas como en Hueyapan, Xoxocotla y Coatetelco, lo cierto es que en todo el estado sólo existe un convenio de alternancia en el municipio de Zacualpan de Amilpas, entre las comunidades de Zacualpan y Tlacotepec, que busca dar certeza de cómo desarrollan su procedimiento de elección de autoridades en su comunidad.

Mayte Cazales señaló que Tlacotepec y Zacualpan tienen un convenio firmado “a través del cual establece de qué manera van alternando el gobierno, esto quiere decir que si el presidente es del Tlacotepec el o la síndico es de Zacualpan, y viceversa”.

No obstante de que el municipio elige a sus autoridades bajo el voto constitucional.

Adrián Cázares, expresidente de Zacualpan, recordó que el municipio tiene el rango de constitucionalidad ya que lo ha reconocido la Suprema Corte de Justicia de la Nación como el uso y la costumbre, “de ahí contraviene el tema de que tenemos que respetarlo”.

Es por ello que Zacualpan es el único municipio con un convenio de alternancia de poder desde el año 2000, y que fue en la administración 2019-2021 cuando se dejó establecido de manera constitucional, y no es de facto como en los demás municipios o comunidades.


¿Qué dice el Impepac?

El Impepac señala que los Sistema Normativos Indígenas son los principios generales, normas orales o escritas que los municipios y comunidades indígenas reconocen como válidas y aplicables en su vida diaria.

Estos sistemas definen la manera en la que la comunidad elige y nombra a sus autoridades; sin embargo, están obligados a garantizar que las mujeres tengan el mismo derecho de votar y ser votados.

Establece además que la máxima autoridad en los sistemas normativos indígenas es la asamblea comunitaria, conformada por los habitantes que cumplan los requisitos impuestos por la misma comunidad, habiendo cuatro tipos de elección:

A mano alzada: Las y los miembros de la comunidad alzan la mano por el candidato, candidata o planilla que elijan.

Por pizarrón: En un pizarrón se anotan los nombres de las candidatas y candidatos. Ahí, quienes integran la asamblea general comunitaria anotan una raya para asentar su voto.

Por aclamación: Se nombra a las planillas, candidatas o candidatos y quienes la apoyen realizan una aclamación para manifestar su voto.

Por pelotón: Se hace una formación de votantes en respaldo de cada planilla, candidatas y candidatos. El pelotón con mayor número determina qué autoridad será electa.


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En Morelos existen usos y costumbres que son aplicados y ejercidos, sustituyendo, en la mayoría de las veces, las normas generales y estableciendo de esta manera formas de autogobierno.

Si bien esta figura en muchas ocasiones ha generado conflictos, también ha servido como objeto de lucha para que sean reconocidos y respetados los derechos de las comunidades.

En el estado existen 127 comunidades que eligen a sus autoridades auxiliares a través de usos y costumbres, así como tres municipios indígenas.

De acuerdo con José Martínez Cruz, representante de la Comisión Independiente de Derechos Humanos (CIDH), aún cuando los pueblos originarios tienen voz y rostro, pareciera que son invisibles para quienes ejercen el poder.

“No se les escucha en sus justos reclamos. Se les margina y excluye de las decisiones y únicamente se les voltea a ver cuando se quieren apoderar de sus tierras y territorios para imponer sus megaproyectos de desarrollo económico, en donde son vistos como un obstáculo y se les trata de desaparecer”.

Pero a pesar de ello, dijo, resisten y luchan, defendiendo sus usos y costumbres, su forma de vivir y de gobernarse.

Al respecto, Adrián Cázares González, secretario técnico del Instituto de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal del Estado de Morelos (Idefomm) y expresidente de Zacualpan de Amilpas (2019-2021), señaló que los usos y costumbres nunca tiene que estar por arriba de la ley ni contravenir con la Constitución u otras leyes; “el uso y costumbre va de la mano con el tema social y democrático de la elección de las figuras de presidente municipal, síndico y regidores. Pero debemos de entender que es una forma de autogobierno sin salirse de la regla”.

Detalló que desde el punto de vista social, el regirse por usos y costumbres violenta muchas garantías individuales, pero que desde el punto legal solo aplica lo que no violenta las garantías ni los derechos humanos de las comunidades y sus integrantes; “se trata de una cuestión de gobernabilidad o de ingobernabilidad”.

Arte | Eduardo Valverde


Los pueblos indígenas

Los pueblos indígenas de Morelos se encuentran dispersos en cerca de 16 municipios y son alrededor de 35 las comunidades nahuas que se concentran principalmente en los municipios de Hueyapan; Tetelcingo, en Cuautla; Santa Catarina, en Tepoztlán; Cuentepec, en el municipio de Temixco, y Xoxocotla.

Sin embargo, hay más localidades que han adoptado los usos y costumbres como una forma de gobierno, tal es el caso de Zacualpan de Amilpas, Tlalnepantla, Coatetelco, Temoac y algunas comunidades de Cuernavaca, como Octepec.

La máxima autoridad en los sistemas normativos indígenas es la asamblea comunitaria, que será conformada por los habitantes que cumplan los requisitos impuestos por la misma comunidad y que sean elegidos por la población mediante el sistema establecido en el municipio.

Sin embargo, a diferencia de otros estados como Guerrero o Oaxaca, los cuales tienen facultades en su código de inscribir sistemas normativos indígenas, en Morelos no se tiene esa inscripción, por lo que no hay un municipio o comunidad que legalmente tenga la facultad para manejarse con usos y costumbres.

Mayte Cazales, consejera estatal electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac), informó que lo que existe en Morelos son dictámenes antropológicos que da el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), los cuales han servido como base para analizar validez de las asambleas, sobre todo cuando se eligen a las autoridades representativas de las comunidades, así como ha servido para resoluciones ante los tribunales, “pero el precedente ante el Impepac no inscribe”, refirió.

¿Autogobierno en las comunidades de Cuernavaca?

Existen comunidades indígenas que llevan sus usos y costumbres a un autogobeirno, en muchas ocasiones sin ley, tal es el caso del pueblo de Ocotepec, localidad perteneciente al municipio de Cuernavaca, donde con el argumento de que es un pueblo que se rige por usos y costumbres, ha implementado un sistema de seguridad con atribuciones que no le corresponde a la comunidad.

En varias ocasiones se han generado por parte de sus pobladores, a través de las llamadas rondas, retenciones de elementos de cualquier corporación policiaca que se atreva a entrar a lo que consideran su territorio, además de tomarse atribuciones que no les corresponde como el otorgar una sentencia moratoria a personas que realizan diferentes actos que vayan en contra de la ideología pueblo.

Pero no solo ahí ocurre, este tipo de situaciones suceden también en Acapatzingo y Ahuatepec, lugares donde de la misma forma aseguran regirse por usos y costumbres con el fin de obtener beneficios, pues a pesar de que pertenecen al municipio de Cuernavaca, sus representantes usan su “poder” para realizar cobros que no les corresponden, como permisos y licencias, sobre todo cuando se refiere a la venta de alcohol, pese a que los auxiliares municipales no están facultados para otorgar este tipo de permisos, pero haciendo uso de “los usos y costumbre” no les importa violar la ley.

Zacualpan y Tlacotepec

A pesar de que en Morelos hay varias comunidades que se rigen por usos y costumbres, lo que se ha visto en elecciones pasadas como en Hueyapan, Xoxocotla y Coatetelco, lo cierto es que en todo el estado sólo existe un convenio de alternancia en el municipio de Zacualpan de Amilpas, entre las comunidades de Zacualpan y Tlacotepec, que busca dar certeza de cómo desarrollan su procedimiento de elección de autoridades en su comunidad.

Mayte Cazales señaló que Tlacotepec y Zacualpan tienen un convenio firmado “a través del cual establece de qué manera van alternando el gobierno, esto quiere decir que si el presidente es del Tlacotepec el o la síndico es de Zacualpan, y viceversa”.

No obstante de que el municipio elige a sus autoridades bajo el voto constitucional.

Adrián Cázares, expresidente de Zacualpan, recordó que el municipio tiene el rango de constitucionalidad ya que lo ha reconocido la Suprema Corte de Justicia de la Nación como el uso y la costumbre, “de ahí contraviene el tema de que tenemos que respetarlo”.

Es por ello que Zacualpan es el único municipio con un convenio de alternancia de poder desde el año 2000, y que fue en la administración 2019-2021 cuando se dejó establecido de manera constitucional, y no es de facto como en los demás municipios o comunidades.


¿Qué dice el Impepac?

El Impepac señala que los Sistema Normativos Indígenas son los principios generales, normas orales o escritas que los municipios y comunidades indígenas reconocen como válidas y aplicables en su vida diaria.

Estos sistemas definen la manera en la que la comunidad elige y nombra a sus autoridades; sin embargo, están obligados a garantizar que las mujeres tengan el mismo derecho de votar y ser votados.

Establece además que la máxima autoridad en los sistemas normativos indígenas es la asamblea comunitaria, conformada por los habitantes que cumplan los requisitos impuestos por la misma comunidad, habiendo cuatro tipos de elección:

A mano alzada: Las y los miembros de la comunidad alzan la mano por el candidato, candidata o planilla que elijan.

Por pizarrón: En un pizarrón se anotan los nombres de las candidatas y candidatos. Ahí, quienes integran la asamblea general comunitaria anotan una raya para asentar su voto.

Por aclamación: Se nombra a las planillas, candidatas o candidatos y quienes la apoyen realizan una aclamación para manifestar su voto.

Por pelotón: Se hace una formación de votantes en respaldo de cada planilla, candidatas y candidatos. El pelotón con mayor número determina qué autoridad será electa.


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