El Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac) tendrá que reponer la consulta de acciones afirmativas realizada a municipios indígenas, tras perder el juicio de impugnación interpuesto por los pueblos y comunidades indígenas, informó Marco Antonio Tafolla, de la Comisión Temporal de Usos y Costumbres de Xoxocotla.
Desde la sede del Centro Cultural Yankuik Kuikamatilistli precisó que el Impepac no los tomó en cuenta para organizar el procedimiento de consulta, además de que no se cumplieron los requisitos para realizar de manera libre, informada, de buena fe y culturalmente adecuada, según establecen los convenios internacionales, como el 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Las impugnaciones presentadas en el Tribunal Electoral de Estado de Morelos y en las salas Regional de la Ciudad de México y Superior del TEPJF, arrojaron la revocación de algunos registros y la confirmación de otros.
Asimismo, se les quitó la diputación local por el distrito 3 y la legislatura federal a personas ya electas que usurparon candidaturas indígenas en un proceso jurisdiccional confuso y con criterios contradictorios.
El resultado final para el Congreso de Morelos fue que sólo una de seis diputaciones a las que se tenía derecho es ocupada por una persona indígena, lo que vulneró los derechos político-electorales de la población indígena de Morelos.
“El Impepac miente cuando afirma que son ocho diputaciones ocupadas por personas indígenas”, denunció Antonio Tafolla, quien estuvo acompañado por representantes de la Comisión Temporal de Usos y Costumbres y vecinos de Xoxocotla.
Precisó que se impugnaron las acciones afirmativas del Impepac sobre la consulta del pasado 9 de enero, realizada sin tomar en cuenta la participación individual y colectiva de la población indígena del estado.
“La Sala Regional concluyó -por mayoría de votos- que la consulta realizada vulneró el derecho a la consulta de los pueblos y comunidades indígenas de Morelos, lo que podría impactar directamente en sus derechos político-electorales, pues el Impepac tomará sus resultados como base para revisar si es necesario adecuar o modificar las acciones afirmativas que implementará en su caso para garantizar su acceso a ciertos cargos de elección popular", detalló.
Mientras tanto, la Sala Regional resolvió revocar los acuerdos impugnados y ordenó al Impepac reponer el procedimiento de consulta en un periodo de un año.
Por lo anterior, el Impepac debe observar, como mínimo, las siguientes características y etapas: una fase preconsultiva (en que defina con la participación de la población indígena las bases para la organización de la nueva consulta); una fase informativa, una de deliberación interna, de diálogo, así como una de decisión y comunicación de resultados.
Finalmente, la definición de las etapas y fases del proceso de la nueva consulta debe ser dialogada y consensuada con las comunidades indígenas de Morelos.
La sentencia fue emitida el 14 de julio de 2022 por la Sala Regional. Ante este logro legal, mujeres y hombres integrantes de las comunidades indígenas hicieron un llamado a las personas y comunidades indígenas que aún no han participado a cerrar filas:
“Al Impepac le exigimos que deje la discriminación y el racismo con el que se han conducido para dignificar su papel como institución del estado mexicano, que es fundamental para promover la participación ciudadana y se incida en la construcción de una buena gobernanza”.
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