/ jueves 20 de mayo de 2021

Blanca Nieves propone impulsar el financiamiento cultural

Blanca Nieves propone impulsar el financiamiento cultural

La iniciativa de la legisladora busca incentivar y regular la participación en el financiamiento de proyectos culturales elaborados por artistas morelenses de todas las ramas.

La diputada Blanca Nieves Sánchez Arano, coordinadora de la Fracción Parlamentaria del Partido Nueva Alianza, expuso ante el pleno legislativo su iniciativa para crear la Ley de Mecenazgo Cultural para el Estado de Morelos, además de adicionar una fracción III al artículo 58 Bis-6 de la Ley General de Hacienda para el Estado de Morelos.

En sesión ordinaria realizada este miércoles, la legisladora explicó que el propósito de su propuesta es incentivar y regular la participación en el financiamiento de proyectos culturales elaborados por artistas morelenses en las ramas literaria, musical, dramática, dancística, pictórica o de dibujo, escultórica, arquitectónica y de carácter plástico, caricatura e historieta, arte digital, cine, guión cinematográfico y fotografía.

Refirió que se conoce como mecenazgo al patrocinio que se concede a sujetos dedicados a alguna actividad creativa o intelectual; el mecenas brinda un auspicio material, y en algunas ocasiones ofrece su ayuda para poder interceder con autoridades y empresarios para desarrollar diversas actividades artísticas.

Precisó que su propuesta se da en el contexto del estudio y análisis que el Congreso del Estado hace a tres iniciativas de ley para establecer los mecanismos y organismos responsables de atender la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de junio de 2017 y que debe ser cumplida en todo el territorio nacional.

Con motivo de ese análisis se han desarrollado reuniones de trabajo con funcionarios de la Secretaría de Turismo y Cultura del Estado y del Instituto Nacional de Antropología e Historia, además de organizaciones sociales dedicadas a actividades culturales y artísticas, en las que se denotó la necesidad de legislar con relación a la figura de los mecenas, como ya ocurrió desde 2014 en el estado de Jalisco.

“Atendiendo a la experiencia del estado de Jalisco, es menester que se realice ese ajuste a nuestra normatividad de forma coordinada para efectos de que el recurso que se reciba para la cultura y las artes no sea de procedencia ilícita”, señaló en su iniciativa la legisladora.

La iniciativa de Ley de Mecenazgo Cultural consta de 10 Artículos divididos en dos Capítulos más tres Artículos Transitorios y explica el objeto y fines de la normatividad, así como se refiere a los beneficiarios, los mecenas y las autoridades competentes.

En la adición de la fracción III al artículo 58 Bis-6 de la Ley General de Hacienda se establece que los contribuyentes que otorguen mecenazgos para la creación, mantenimiento y promoción cultural, sin fines de lucro, de autores morelenses, podrán aplicar una exención, contra el pago del Impuesto Sobre Erogación Por Remuneración al Trabajo Personal a su cargo, por una cantidad equivalente al 60% del apoyo previamente acreditado.

Asimismo, que los estímulos previstos en este artículo podrán aplicarse a los procesos de creación de obras artísticas a que se refiere la Ley Federal del Derecho de Autor y los que señale la Ley de Mecenazgo Cultural para el Estado de Morelos.


La iniciativa de la legisladora busca incentivar y regular la participación en el financiamiento de proyectos culturales elaborados por artistas morelenses de todas las ramas.

La diputada Blanca Nieves Sánchez Arano, coordinadora de la Fracción Parlamentaria del Partido Nueva Alianza, expuso ante el pleno legislativo su iniciativa para crear la Ley de Mecenazgo Cultural para el Estado de Morelos, además de adicionar una fracción III al artículo 58 Bis-6 de la Ley General de Hacienda para el Estado de Morelos.

En sesión ordinaria realizada este miércoles, la legisladora explicó que el propósito de su propuesta es incentivar y regular la participación en el financiamiento de proyectos culturales elaborados por artistas morelenses en las ramas literaria, musical, dramática, dancística, pictórica o de dibujo, escultórica, arquitectónica y de carácter plástico, caricatura e historieta, arte digital, cine, guión cinematográfico y fotografía.

Refirió que se conoce como mecenazgo al patrocinio que se concede a sujetos dedicados a alguna actividad creativa o intelectual; el mecenas brinda un auspicio material, y en algunas ocasiones ofrece su ayuda para poder interceder con autoridades y empresarios para desarrollar diversas actividades artísticas.

Precisó que su propuesta se da en el contexto del estudio y análisis que el Congreso del Estado hace a tres iniciativas de ley para establecer los mecanismos y organismos responsables de atender la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de junio de 2017 y que debe ser cumplida en todo el territorio nacional.

Con motivo de ese análisis se han desarrollado reuniones de trabajo con funcionarios de la Secretaría de Turismo y Cultura del Estado y del Instituto Nacional de Antropología e Historia, además de organizaciones sociales dedicadas a actividades culturales y artísticas, en las que se denotó la necesidad de legislar con relación a la figura de los mecenas, como ya ocurrió desde 2014 en el estado de Jalisco.

“Atendiendo a la experiencia del estado de Jalisco, es menester que se realice ese ajuste a nuestra normatividad de forma coordinada para efectos de que el recurso que se reciba para la cultura y las artes no sea de procedencia ilícita”, señaló en su iniciativa la legisladora.

La iniciativa de Ley de Mecenazgo Cultural consta de 10 Artículos divididos en dos Capítulos más tres Artículos Transitorios y explica el objeto y fines de la normatividad, así como se refiere a los beneficiarios, los mecenas y las autoridades competentes.

En la adición de la fracción III al artículo 58 Bis-6 de la Ley General de Hacienda se establece que los contribuyentes que otorguen mecenazgos para la creación, mantenimiento y promoción cultural, sin fines de lucro, de autores morelenses, podrán aplicar una exención, contra el pago del Impuesto Sobre Erogación Por Remuneración al Trabajo Personal a su cargo, por una cantidad equivalente al 60% del apoyo previamente acreditado.

Asimismo, que los estímulos previstos en este artículo podrán aplicarse a los procesos de creación de obras artísticas a que se refiere la Ley Federal del Derecho de Autor y los que señale la Ley de Mecenazgo Cultural para el Estado de Morelos.


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