/ viernes 29 de marzo de 2024

¡Prohibidas las terapias de conversión! Garantizan el derecho a la identidad

Las terapias de conversión, también conocidas como terapias reparativas o de reorientación sexual, son prácticas pseudocientíficas que intentan cambiar la orientación sexual de una persona. Alterar su identidad de género para que coincida con el sexo asignado al nacer.

Las técnicas utilizadas en las terapias de conversión pueden variar ampliamente, incluyendo desde asesoramiento psicológico, actividades espirituales o religiosas, hasta métodos más extremos y dañinos como la terapia de aversión, que puede involucrar la exposición a estímulos negativos en respuesta de ciertos comportamientos. Sin sustento científico, han sido ampliamente desacreditadas y condenadas por organizaciones la Asociación Americana de Psicología, la Organización Mundial de la Salud y la Asociación Psiquiátrica Americana, entre otras.

En ese tenor, la Cámara de Diputados ha aprobado una reforma trascendental que las prohíbe, marcando un avance significativo en la protección del derecho a la identidad y la libre expresión de género y orientación sexual. Con 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones, la reforma que introduce cambios en el Código Penal Federal y adiciona un artículo a la Ley General de Salud, busca castigar cualquier práctica que intente alterar, reprimir o anular la identidad o expresión de género de una persona.

La reforma establece sanciones que van de dos a seis años de prisión y multas significativas, medidas que reflejan la gravedad de estas violaciones a los derechos humanos. Además, en un esfuerzo por proteger a los más vulnerables, las sanciones se duplicarán en casos en los que las víctimas sean menores de 18 años, personas mayores o individuos con alguna discapacidad. En circunstancias donde los propios padres, tutores o figuras de autoridad estén implicados en someter a las víctimas al respecto, el marco legal considerará agravantes; y cuando exista una relación de subordinación o abuso de poder, como en contextos laborales o educativos, las penas serán aún más severas, incluyendo la destitución e inhabilitación para ejercer cargos públicos.

Se pone fin a una conducta cruel y sin base científica, y se envía un mensaje contundente sobre el respeto y la inclusión de la diversidad sexual y de género. Es un paso adelante en el reconocimiento del derecho humano constitucional a la identidad, alineándose con las recomendaciones de organismos internacionales y las demandas de la sociedad civil que, desde hace décadas, lucha contra la patologización de la orientación sexual y la identidad de género.

Antes de entrar en vigor, deberá regresar al Senado dado que tuvo modificaciones, y será definitivo para establecer que la identidad y la orientación sexual de cada individuo son aspectos intrínsecos de su ser que deben ser respetados y protegidos por la ley. México se une así a una creciente lista de países que rechazan las terapias de conversión y afirman el derecho de todas las personas a vivir libremente su identidad, en un mundo que reconoce y celebra la diversidad como una riqueza humana esencial.

Para terminar, resulta imprescindible recordar la historia de Alan Turing, una figura emblemática cuya experiencia personal resalta la importancia y la urgencia de este tipo de reformas legales. Turing, fue un matemático británico y pionero de la computación, cuyos esfuerzos fueron cruciales para la victoria aliada en la Segunda Guerra Mundial. En 1952, por ser homosexual fue procesado judicialmente por indecencia y, como alternativa a la prisión, se le sometió a un tratamiento de castración química, una forma de terapia de conversión. Este trato inhumano contribuyó a su deterioro mental y emocional, llevándolo a su trágico suicidio en 1954.

La historia nos demuestra lo sombrío de las consecuencias devastadoras que estas prácticas pueden tener en la vida de las personas. La decisión de la Cámara de Diputados, refrendada por una mayoría aplastante, destila el compromiso irrevocable de nuestra Nación con los principios de igualdad y no discriminación, marcando el fin de una era oscurantista plagada de procedimientos aberrantes y deshumanizantes.

Este acto legislativo, pendiente de la ratificación final del Senado, reivindica el derecho intrínseco a la autodeterminación de la identidad y la orientación sexual, y consagra un principio fundamental: en la rica tapestria de la humanidad, cada hilo, único en su color y textura, contribuye al esplendor del conjunto. Se traza una línea contra la intolerancia, y vamos hacia la vanguardia global de la protección de los derechos humanos, demostrando de manera irrefutable que la identidad, en todas sus formas, merecen ser celebrados y protegidos por el estandarte de la ley.

*Profesor de Derecho Civil y Derecho Familiar de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México

Las terapias de conversión, también conocidas como terapias reparativas o de reorientación sexual, son prácticas pseudocientíficas que intentan cambiar la orientación sexual de una persona. Alterar su identidad de género para que coincida con el sexo asignado al nacer.

Las técnicas utilizadas en las terapias de conversión pueden variar ampliamente, incluyendo desde asesoramiento psicológico, actividades espirituales o religiosas, hasta métodos más extremos y dañinos como la terapia de aversión, que puede involucrar la exposición a estímulos negativos en respuesta de ciertos comportamientos. Sin sustento científico, han sido ampliamente desacreditadas y condenadas por organizaciones la Asociación Americana de Psicología, la Organización Mundial de la Salud y la Asociación Psiquiátrica Americana, entre otras.

En ese tenor, la Cámara de Diputados ha aprobado una reforma trascendental que las prohíbe, marcando un avance significativo en la protección del derecho a la identidad y la libre expresión de género y orientación sexual. Con 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones, la reforma que introduce cambios en el Código Penal Federal y adiciona un artículo a la Ley General de Salud, busca castigar cualquier práctica que intente alterar, reprimir o anular la identidad o expresión de género de una persona.

La reforma establece sanciones que van de dos a seis años de prisión y multas significativas, medidas que reflejan la gravedad de estas violaciones a los derechos humanos. Además, en un esfuerzo por proteger a los más vulnerables, las sanciones se duplicarán en casos en los que las víctimas sean menores de 18 años, personas mayores o individuos con alguna discapacidad. En circunstancias donde los propios padres, tutores o figuras de autoridad estén implicados en someter a las víctimas al respecto, el marco legal considerará agravantes; y cuando exista una relación de subordinación o abuso de poder, como en contextos laborales o educativos, las penas serán aún más severas, incluyendo la destitución e inhabilitación para ejercer cargos públicos.

Se pone fin a una conducta cruel y sin base científica, y se envía un mensaje contundente sobre el respeto y la inclusión de la diversidad sexual y de género. Es un paso adelante en el reconocimiento del derecho humano constitucional a la identidad, alineándose con las recomendaciones de organismos internacionales y las demandas de la sociedad civil que, desde hace décadas, lucha contra la patologización de la orientación sexual y la identidad de género.

Antes de entrar en vigor, deberá regresar al Senado dado que tuvo modificaciones, y será definitivo para establecer que la identidad y la orientación sexual de cada individuo son aspectos intrínsecos de su ser que deben ser respetados y protegidos por la ley. México se une así a una creciente lista de países que rechazan las terapias de conversión y afirman el derecho de todas las personas a vivir libremente su identidad, en un mundo que reconoce y celebra la diversidad como una riqueza humana esencial.

Para terminar, resulta imprescindible recordar la historia de Alan Turing, una figura emblemática cuya experiencia personal resalta la importancia y la urgencia de este tipo de reformas legales. Turing, fue un matemático británico y pionero de la computación, cuyos esfuerzos fueron cruciales para la victoria aliada en la Segunda Guerra Mundial. En 1952, por ser homosexual fue procesado judicialmente por indecencia y, como alternativa a la prisión, se le sometió a un tratamiento de castración química, una forma de terapia de conversión. Este trato inhumano contribuyó a su deterioro mental y emocional, llevándolo a su trágico suicidio en 1954.

La historia nos demuestra lo sombrío de las consecuencias devastadoras que estas prácticas pueden tener en la vida de las personas. La decisión de la Cámara de Diputados, refrendada por una mayoría aplastante, destila el compromiso irrevocable de nuestra Nación con los principios de igualdad y no discriminación, marcando el fin de una era oscurantista plagada de procedimientos aberrantes y deshumanizantes.

Este acto legislativo, pendiente de la ratificación final del Senado, reivindica el derecho intrínseco a la autodeterminación de la identidad y la orientación sexual, y consagra un principio fundamental: en la rica tapestria de la humanidad, cada hilo, único en su color y textura, contribuye al esplendor del conjunto. Se traza una línea contra la intolerancia, y vamos hacia la vanguardia global de la protección de los derechos humanos, demostrando de manera irrefutable que la identidad, en todas sus formas, merecen ser celebrados y protegidos por el estandarte de la ley.

*Profesor de Derecho Civil y Derecho Familiar de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México