/ viernes 4 de septiembre de 2020

Obligan a una convocatoria incluyente y con perspectiva de género para dirección en la UAEM

Dejan sin efecto convocatoria para elección del director de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UAEM

Después de que la doctora Carlota Olivia de las Casas Vega, aspirante a dirigir la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEM), se movilizara legalmente, el pasado 2 de septiembre, un juez le concedió el amparo.

La catedrática de la Facultad promovió el amparo indirecto 202/2019 en contra de la emisión de la convocatoria para el Proceso de Elección de Director de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

Señaló como autoridades responsables al Consejo Universitario y Consejo Técnico de la Facultad antes referida. Ante ello, se resolvió a su favor.

En redes sociales, Roberto Soto Castor calificó la resolución como “un hecho histórico” para la UAEM.

Y explicó que ello debido a que el juzgador federal reconoció que la quejosa tiene interés jurídico y legítimo para promover el juicio de amparo.

“Además, determinó que el Consejo Universitario ha omitido fomentar el acceso a los puestos directivos a las mujeres que por razón de su sexo se encuentran relegadas impidiendo la participación paritaria de las mujeres en las altas esferas de la vida

pública y en el espacio de toma de decisiones, lo cual es una exigencia de carácter constitucional; reconociendo la existencia de una discriminación estructural que se encuentra sustentada mediante la implementación de medidas aparentemente neutras que dan como resultado que la elección del puesto directivo de una Facultad de Derecho sea ocupado exclusivamente por hombres”.

Agregó que en la sentencia se resalta que la autonomía universitaria no constituye un derecho humano de una persona colectiva que deba ponderarse con otros derechos humanos, “sino que se trata de una garantía institucional del derecho a la educación superior, que tiene un carácter exclusivamente instrumental, sin conformar un fin en sí misma,por lo que es jurídicamente relevante sólo si maximiza el derecho humano a la educación”.

De esta manera quedó sin efectos la convocatoria para la elección del director de la Facultad, “así como todos los actos derivados de la misma, incluidos la "consulta" relativa a dicho proceso”.

“Lo anterior es un verdadero triunfo para las mujeres, para nuestra Facultad y para nuestra Universidad, al ganar el Estado de Derecho y la Constitución sobre los intereses mezquinos y corruptos del sindicalismo podrido universitario”, concluyó Soto Castor.


Después de que la doctora Carlota Olivia de las Casas Vega, aspirante a dirigir la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEM), se movilizara legalmente, el pasado 2 de septiembre, un juez le concedió el amparo.

La catedrática de la Facultad promovió el amparo indirecto 202/2019 en contra de la emisión de la convocatoria para el Proceso de Elección de Director de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

Señaló como autoridades responsables al Consejo Universitario y Consejo Técnico de la Facultad antes referida. Ante ello, se resolvió a su favor.

En redes sociales, Roberto Soto Castor calificó la resolución como “un hecho histórico” para la UAEM.

Y explicó que ello debido a que el juzgador federal reconoció que la quejosa tiene interés jurídico y legítimo para promover el juicio de amparo.

“Además, determinó que el Consejo Universitario ha omitido fomentar el acceso a los puestos directivos a las mujeres que por razón de su sexo se encuentran relegadas impidiendo la participación paritaria de las mujeres en las altas esferas de la vida

pública y en el espacio de toma de decisiones, lo cual es una exigencia de carácter constitucional; reconociendo la existencia de una discriminación estructural que se encuentra sustentada mediante la implementación de medidas aparentemente neutras que dan como resultado que la elección del puesto directivo de una Facultad de Derecho sea ocupado exclusivamente por hombres”.

Agregó que en la sentencia se resalta que la autonomía universitaria no constituye un derecho humano de una persona colectiva que deba ponderarse con otros derechos humanos, “sino que se trata de una garantía institucional del derecho a la educación superior, que tiene un carácter exclusivamente instrumental, sin conformar un fin en sí misma,por lo que es jurídicamente relevante sólo si maximiza el derecho humano a la educación”.

De esta manera quedó sin efectos la convocatoria para la elección del director de la Facultad, “así como todos los actos derivados de la misma, incluidos la "consulta" relativa a dicho proceso”.

“Lo anterior es un verdadero triunfo para las mujeres, para nuestra Facultad y para nuestra Universidad, al ganar el Estado de Derecho y la Constitución sobre los intereses mezquinos y corruptos del sindicalismo podrido universitario”, concluyó Soto Castor.


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