/ domingo 8 de agosto de 2021

"El fiscal puede ser sometido a proceso"

El dictamen de la Comisión Instructora de la Cámara de Diputados determina que Uriel Carmona no tiene inmunidad

El fiscal general de Morelos, Uriel Carmona Gándara, no está protegido por inmunidad procesal, por lo que podría ser procesado por la Unidad Especializada de Investigación en Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas de la Fiscalía General de la República, concluye el dictamen de la sección instructora del Congreso de la Unión, que será votado por el pleno en un período extraordinario el miércoles próximo.

El dictamen determina en la resolución segunda, “desechar la solicitud presentada por el Ministerio Público de la Federación para que la Cámara de Diputados realice declaratoria de procedencia con respecto del titular de la Fiscalía General del Estado de Morelos, C. Uriel Carmona Gándara, en razón de que para dicho servidor público resulta inexistente la inmunidad procesal penal federal a la que se refiere el artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”. Con esa resolución el Ministerio Público Federal podría proceder en contra del titular de la fiscalía por su “probable responsabilidad en la comisión de los delitos de ejercicio indebido del servicio público.

La comisión permanente del Congreso de la Unión fue citada para este lunes en reunión presencial en la que se tiene proyectada convocar a un período extraordinario el miércoles en que se votaría el dictamen que tiene el respaldo de la mayoría del Movimiento de Regeneración Nacional, Morena, en el Congreso. La aprobación del mismo requiere sólo de la mayoría simple en tanto sólo desecha por improcedente la solicitud de declaración de procedencia que fue presentada ante la Secretaría General de la Cámara de Diputados por la Agente del Ministerio Público Federal de la Unidad Especializada de Investigación en Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas de la Fiscalía General de la República.

En su defensa, Uriel Carmona Gándara buscó un amparo contra las acciones que en su contra pudiera emprender la Cámara de Diputados “la suspensión definitiva concluye que tengo fuero constitucional”, ha declarado el fiscal al referirse al caso en su contra. Sin embargo, para la Sección Instructora, el cargo de fiscal, igual que los secretarios de estado y los ministros de Morelos, carecen de inmunidad procesal penal, por lo que expresa la Constitución del Estado en el párrafo quinto de su artículo 136: “Para proceder penalmente en contra de los Secretarios de Despacho, el Auditor General de la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización, el Fiscal General del Estado, los Magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Morelos, los Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Morelos, el Magistrado del Tribunal Unitario de Justicia Penal para Adolescentes, así como el Consejero Presidente y los Consejeros Electorales del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, el Comisionado Presidente y los Comisionados del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística, los Presidentes Municipales, Síndicos y Regidores, por la comisión de delitos durante el tiempo de su cargo, no se requerirá la Declaratoria del Congreso del Estado en la que señale si ha lugar o no a la formación de causa”.

Con ello, Carmona Gándara podría ser procesado por los delitos que la Fiscalía General de la República presume habría cometido el fiscal al no haber contado con exámenes de control de confianza que el prosecutor concebiría como el origen de una serie de faltas el haber tomado determinaciones como fiscal antes de cumplir con los requisitos. No obstante, para el propio Carmona Gándara el procedimiento en su contra carece de sustancia “se me acusa de un hecho que no es constitutivo de delito”, ha repetido en diversas entrevistas en que adicionalmente advierte que “ningún fiscal está obligado a contar con los exámenes de control de confianza antes de su nombramiento”.

El fiscal también ha subrayado que la formación de causa en su contra tiene un matiz político y recuerda que el gobernador, Cuauhtémoc Blanco Bravo, ha intentado destituirlo desde casi el inicio de su mandato. De hecho, el Ejecutivo pidió al Congreso del Estado la destitución de los fiscales general y el anticorrupción en diciembre de 2018, a sólo dos meses de que inició la administración actual, argumentando “causas graves que impiden que continúen con el ejercicio de su cargo”. Sin embargo, el Congreso local no concluyó los procedimientos. De hecho, apenas el jueves 5 de agosto, la Junta Política y de Gobierno del Congreso advertía que no tiene proyectada siquiera la comparecencia del Fiscal en el tiempo que resta de la Legislatura que concluirá el último día de este mes.


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El fiscal general de Morelos, Uriel Carmona Gándara, no está protegido por inmunidad procesal, por lo que podría ser procesado por la Unidad Especializada de Investigación en Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas de la Fiscalía General de la República, concluye el dictamen de la sección instructora del Congreso de la Unión, que será votado por el pleno en un período extraordinario el miércoles próximo.

El dictamen determina en la resolución segunda, “desechar la solicitud presentada por el Ministerio Público de la Federación para que la Cámara de Diputados realice declaratoria de procedencia con respecto del titular de la Fiscalía General del Estado de Morelos, C. Uriel Carmona Gándara, en razón de que para dicho servidor público resulta inexistente la inmunidad procesal penal federal a la que se refiere el artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”. Con esa resolución el Ministerio Público Federal podría proceder en contra del titular de la fiscalía por su “probable responsabilidad en la comisión de los delitos de ejercicio indebido del servicio público.

La comisión permanente del Congreso de la Unión fue citada para este lunes en reunión presencial en la que se tiene proyectada convocar a un período extraordinario el miércoles en que se votaría el dictamen que tiene el respaldo de la mayoría del Movimiento de Regeneración Nacional, Morena, en el Congreso. La aprobación del mismo requiere sólo de la mayoría simple en tanto sólo desecha por improcedente la solicitud de declaración de procedencia que fue presentada ante la Secretaría General de la Cámara de Diputados por la Agente del Ministerio Público Federal de la Unidad Especializada de Investigación en Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas de la Fiscalía General de la República.

En su defensa, Uriel Carmona Gándara buscó un amparo contra las acciones que en su contra pudiera emprender la Cámara de Diputados “la suspensión definitiva concluye que tengo fuero constitucional”, ha declarado el fiscal al referirse al caso en su contra. Sin embargo, para la Sección Instructora, el cargo de fiscal, igual que los secretarios de estado y los ministros de Morelos, carecen de inmunidad procesal penal, por lo que expresa la Constitución del Estado en el párrafo quinto de su artículo 136: “Para proceder penalmente en contra de los Secretarios de Despacho, el Auditor General de la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización, el Fiscal General del Estado, los Magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Morelos, los Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Morelos, el Magistrado del Tribunal Unitario de Justicia Penal para Adolescentes, así como el Consejero Presidente y los Consejeros Electorales del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, el Comisionado Presidente y los Comisionados del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística, los Presidentes Municipales, Síndicos y Regidores, por la comisión de delitos durante el tiempo de su cargo, no se requerirá la Declaratoria del Congreso del Estado en la que señale si ha lugar o no a la formación de causa”.

Con ello, Carmona Gándara podría ser procesado por los delitos que la Fiscalía General de la República presume habría cometido el fiscal al no haber contado con exámenes de control de confianza que el prosecutor concebiría como el origen de una serie de faltas el haber tomado determinaciones como fiscal antes de cumplir con los requisitos. No obstante, para el propio Carmona Gándara el procedimiento en su contra carece de sustancia “se me acusa de un hecho que no es constitutivo de delito”, ha repetido en diversas entrevistas en que adicionalmente advierte que “ningún fiscal está obligado a contar con los exámenes de control de confianza antes de su nombramiento”.

El fiscal también ha subrayado que la formación de causa en su contra tiene un matiz político y recuerda que el gobernador, Cuauhtémoc Blanco Bravo, ha intentado destituirlo desde casi el inicio de su mandato. De hecho, el Ejecutivo pidió al Congreso del Estado la destitución de los fiscales general y el anticorrupción en diciembre de 2018, a sólo dos meses de que inició la administración actual, argumentando “causas graves que impiden que continúen con el ejercicio de su cargo”. Sin embargo, el Congreso local no concluyó los procedimientos. De hecho, apenas el jueves 5 de agosto, la Junta Política y de Gobierno del Congreso advertía que no tiene proyectada siquiera la comparecencia del Fiscal en el tiempo que resta de la Legislatura que concluirá el último día de este mes.


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