A pesar de que el 28 de febrero era el último día para aprobar las Leyes de Ingresos municipales 2019, el Congreso local aprobó ayer detener el reloj legislativo, acción que violenta la Ley General de Responsabilidades Administrativas de Servidores Públicos del Estado e incurriendo en una falta al lesionar las haciendas de los municipios.
De acuerdo con el artículo 32 de la Constitución Política del Estado, los presidentes municipales que inicien su encargo presentarán al Congreso del Estado a más tardar el 1 de febrero la iniciativa de Ley de Ingresos del Ejercicio Fiscal actual. Teniendo la obligación el Congreso del Estado de aprobarlas a más tardar el último día de febrero del año que corresponda.
Mientras tanto de manera transitoria, se utilizarán los parámetros aprobados para el Ejercicio Fiscal inmediato anterior de cada ayuntamiento, para los meses de enero y febrero o hasta en tanto la Legislatura apruebe la nueva Ley de Ingresos.
Asimismo, dice que en el año en el que los Ayuntamientos inicien su encargo, podrán presentar al Congreso del Estado a más tardar el 31 de enero, una nueva Iniciativa de Ley de Ingresos que abrogue la ya aprobada o que reforme a la vigente, por lo tanto el Poder Legislativo deberá discutirla y aprobarla a más tardar el último día de febrero de ese año.
Sin embargo, previo a la sesión de este jueves, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta Pública sesionaría para concluir los dictámenes al presupuesto de Cuernavaca, Cuautla y Jiutepec, para los cuales indicaron fuentes cercanas no habían llegado a un consenso entre las legisladoras integrantes de la Comisión legislativa teniendo que pedir un receso de la sesión aunque en el orden del día que había sido aprobado se encontraban los dictámenes de Leyes de Ingresos.
Si bien en la Ley no existe ninguna disposición legal que señale el reloj legislativo pueda detenerse, sí incumplieron en una obligación al señalar la Ley General de Responsabilidades Administrativas de Servidores Públicos, se considera una falta administrativa no grave, los daños y perjuicios que, de manera culposa o negligente cause un servidor público a la Hacienda Pública o al patrimonio de un ente público.
Se violentó la Ley de Responsabilidad Administrativa y se incurrió en una falta al lesionar las haciendas de los municipios.