/ domingo 22 de septiembre de 2019

Anuncia la Sección 19 del SNTE el pago a jubilados en salarios mínimos

Se deja atrás la Unidad de Medida y Actualización gracias a las acciones jurídicas, aclara Bañón Estrada

La secretaria general de la Sección 19 del SNTE, Gabriela Bañón Estrada dio a conocer en rueda de prensa que tras una larga lucha jurídica, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) que encabeza el Maestro Alfonso. Espesa Salas, logró que el pago de pensiones a los jubilados del magisterio se calcule con base en el Salario Mínimo y no en la Unidad de Medida y Actualización (UMA), como se venía realizando.

Bañón Estrada precisó que la tesis jurisprudencial dictada por el Décimo Octavo Tribunal Colegiado del Primer Circuito, y publicada en el Semanario Judicial de la Federación, establece que “La Unidad de Medida y Actualización (UMA) no puede aplicarse para determinar la cuota diaria o la limitante de pago de una pensión, por tratarse de prestaciones de naturaleza laboral regidas por el salario mínimo".

Al establecerse la jurisprudencia, su aplicación se hace obligatoria a partir del lunes 23 de septiembre de 2019, por lo que los jubilados agremiados al SNTE mejorarán sus percepciones que habían sido minadas por esa decisión.

Uno de los criterios que dan soporte a la Jurisprudencia, fue promovido en un juicio ganado por el SNTE. “Después de meses y meses de lucha.

Finalmente, dijo recordarles que la defensa de la seguridad social de los trabajadores de la educación y sus jubilados es una prioridad para el Sindicato


La secretaria general de la Sección 19 del SNTE, Gabriela Bañón Estrada dio a conocer en rueda de prensa que tras una larga lucha jurídica, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) que encabeza el Maestro Alfonso. Espesa Salas, logró que el pago de pensiones a los jubilados del magisterio se calcule con base en el Salario Mínimo y no en la Unidad de Medida y Actualización (UMA), como se venía realizando.

Bañón Estrada precisó que la tesis jurisprudencial dictada por el Décimo Octavo Tribunal Colegiado del Primer Circuito, y publicada en el Semanario Judicial de la Federación, establece que “La Unidad de Medida y Actualización (UMA) no puede aplicarse para determinar la cuota diaria o la limitante de pago de una pensión, por tratarse de prestaciones de naturaleza laboral regidas por el salario mínimo".

Al establecerse la jurisprudencia, su aplicación se hace obligatoria a partir del lunes 23 de septiembre de 2019, por lo que los jubilados agremiados al SNTE mejorarán sus percepciones que habían sido minadas por esa decisión.

Uno de los criterios que dan soporte a la Jurisprudencia, fue promovido en un juicio ganado por el SNTE. “Después de meses y meses de lucha.

Finalmente, dijo recordarles que la defensa de la seguridad social de los trabajadores de la educación y sus jubilados es una prioridad para el Sindicato


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