La sociedad mexicana carece de cultura de prevención, por lo que en momentos complicados, como la muerte de un ser querido, los problemas legales y financieros pueden llegar a ser un dolor de cabeza.
Existen seguros que las personas contratan con instituciones bancarias o aseguradoras para no dejar desprotegidos a sus familiares; sin embargo, al momento de querer cobrarlos se vuelve complicado, ya que en muchos casos los bancos cuentan con un protocolo que les impide facilitar información o los recursos relacionados con los clientes fallecidos, a menos que el solicitante sea uno de los beneficiarios y tenga manera de comprobarlo.
Por ello, Carlos Flores Hernández, asesor de educación financiera de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) delegación Morelos, dijo que es necesario que las personas dejar todo en orden y siempre haya un documento que proteja al beneficiario.
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“Papelito habla, sin un documento que avale que el beneficiario quiere cobrar, el banco no coopera para facilitar el recurso. En vida hay que dejar claro quién o quiénes son los beneficiarios y dejar una copia del contrato, a fin de que puedan reclamar lo que por derecho les corresponde”, dijo.
¿Cómo saber si soy beneficiario?
En muchas ocasiones, las personas fallecen sin dejar en claro quién o quiénes son los beneficiarios de sus seguros de vida o de sus ahorros; para ello existen herramientas que ayudan a las familias a saberlo.
La Condusef cuenta con el Sistema de información de consulta de beneficiarios de cuentas de depósito (BCD) para saber si tú eres uno de los beneficiarios. El proceso es sencillo, solo debes enviar un correo electrónico a beneficiarios.bcd@condusef.gob.mx y llenar el formato que se encuentra en el siguiente enlace: www.condusef.gob.mx/index.php/index.php?p=contenido&idc=1332&idcat=1 y adjuntar la siguiente documentación:
- Copia de identificación oficial (INE, pasaporte o licencia de conducir) oficial del solicitante
- Acta de defunción del cliente
- Si el trámite se realiza a través de un apoderado, adjuntar el documento en que conste el poder o la representación
Al tratarse de menores de edad, se deberá observar lo siguiente:
- En el caso de ser representados por los padres, copia del acta de nacimiento del menor
- Tratándose de tutor, acompañar copia del nombramiento, aceptación y/o discernimiento del cargo
- En cualquier caso, el padre, madre o tutor deberá presentar identificación oficial
Carlos Flores aclaró que aún después de la consulta, no se le garantiza a los beneficiarios que la institución bancaria les otorgue el recurso; en ese caso, la recomendación es que consulten a un abogado laboral para que les ayude con el proceso.