/ jueves 4 de noviembre de 2021

[Nosotras] Ley Ingrid protege la dignidad de las víctimas

Lo que se pretende es asegurar que información de las personas relacionada con una muerte no sea publicada

Ingrid Escamilla tenía 25 años y su pareja, Erick Francisco, la asesinó en su vivienda. De manera indebida se difundieron en redes sociales y medios de comunicación las imágenes del feminicidio ocurrido en la Ciudad de México, el 9 de febrero de 2020.

La divulgación masiva del cuerpo de Ingrid mutilado conmocionó a la sociedad que indignada exigió que pararan las filtraciones del expediente de la Fiscalía.

Así nació la Ley Ingrid en honor a Ingrid Escamilla.

Al igual que la Ley Olimpia, la Ley Ingrid no se refiere a una ley como tal, sino a un conjunto de reformas legislativas, que buscan evitar la exposición de las personas ante los medios para proteger la intimidad y dignidad de las víctimas y sus familiares, combatir la violencia mediática de género y su normalización.

La modificación contempló la incorporación de artículos, en este caso, el 227 Bis del Código Penal de la Ciudad de México, cuyo objetivo es evitar la exposición de las personas ante los medios. Se enfoca en proteger la intimidad y dignidad de las víctimas y sus familiares, combatir la violencia mediática de género y su normalización.

“Lo que pretende esta ley es asegurar que la información personal relacionada con una muerte esté protegida y no pueda ser publicada”.

Proponen la Ley Ingrid en Morelos

En Morelos ya se plantea replicar la Ley Ingrid, vigente en la Ciudad de México hace apenas unos meses.

La propuesta que ha sido formalizada por la diputada del PT, Tania Valentina Rodríguez, propone adicionar el artículo 276 Ter del Código Penal para el Estado de Morelos, “para sancionar a quienes indebidamente difundan imágenes, audios, videos o documentos del lugar de los hechos, relacionados con un procedimiento penal o de un hecho que la ley señale como delito”.

La iniciativa, no busca coartar el derecho a la libre expresión; lo que intenta es sancionar el hecho de que los servidores públicos que filtren, transmitan, compartan o difundan el material gráfico relacionado con un hecho que la ley señala como delito.

Para ello, se propone aumentar la pena hasta 12 años de prisión, cuando se trate de la difusión de imágenes sobre mujeres, niñas y adolescentes.

En Morelos la iniciativa surge a raíz de los altos índices de ataques a mujeres que se han incrementado años con año.

¿Qué dice la Ley Ingrid?

Se impondrán de dos a seis años de prisión y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización a quien incurra en la difusión de información reservada o documentos del lugar de los hechos o del hallazgo relacionado con algún procedimiento penal.

Para proteger los derechos de víctimas, en especial de las mujeres, la ley permitirá que las personas servidoras públicas no filtren imágenes o videos de manera ilegal e incluso se comercialicen.

Estas medidas se aplicarán a la persona servidora pública que, de forma indebida difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos, información reservada, documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penal o productos, con uno o varios hechos señalados por la ley como delitos.

Las sanciones previstas aumentarán en una tercera parte, si la información que se difunda es con el fin de menoscabar la dignidad de las víctimas o de sus familiares; se trate de cadáveres de mujeres, niñas, o adolescentes, o sea de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o del estado de salud de la víctima.


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Ingrid Escamilla tenía 25 años y su pareja, Erick Francisco, la asesinó en su vivienda. De manera indebida se difundieron en redes sociales y medios de comunicación las imágenes del feminicidio ocurrido en la Ciudad de México, el 9 de febrero de 2020.

La divulgación masiva del cuerpo de Ingrid mutilado conmocionó a la sociedad que indignada exigió que pararan las filtraciones del expediente de la Fiscalía.

Así nació la Ley Ingrid en honor a Ingrid Escamilla.

Al igual que la Ley Olimpia, la Ley Ingrid no se refiere a una ley como tal, sino a un conjunto de reformas legislativas, que buscan evitar la exposición de las personas ante los medios para proteger la intimidad y dignidad de las víctimas y sus familiares, combatir la violencia mediática de género y su normalización.

La modificación contempló la incorporación de artículos, en este caso, el 227 Bis del Código Penal de la Ciudad de México, cuyo objetivo es evitar la exposición de las personas ante los medios. Se enfoca en proteger la intimidad y dignidad de las víctimas y sus familiares, combatir la violencia mediática de género y su normalización.

“Lo que pretende esta ley es asegurar que la información personal relacionada con una muerte esté protegida y no pueda ser publicada”.

Proponen la Ley Ingrid en Morelos

En Morelos ya se plantea replicar la Ley Ingrid, vigente en la Ciudad de México hace apenas unos meses.

La propuesta que ha sido formalizada por la diputada del PT, Tania Valentina Rodríguez, propone adicionar el artículo 276 Ter del Código Penal para el Estado de Morelos, “para sancionar a quienes indebidamente difundan imágenes, audios, videos o documentos del lugar de los hechos, relacionados con un procedimiento penal o de un hecho que la ley señale como delito”.

La iniciativa, no busca coartar el derecho a la libre expresión; lo que intenta es sancionar el hecho de que los servidores públicos que filtren, transmitan, compartan o difundan el material gráfico relacionado con un hecho que la ley señala como delito.

Para ello, se propone aumentar la pena hasta 12 años de prisión, cuando se trate de la difusión de imágenes sobre mujeres, niñas y adolescentes.

En Morelos la iniciativa surge a raíz de los altos índices de ataques a mujeres que se han incrementado años con año.

¿Qué dice la Ley Ingrid?

Se impondrán de dos a seis años de prisión y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización a quien incurra en la difusión de información reservada o documentos del lugar de los hechos o del hallazgo relacionado con algún procedimiento penal.

Para proteger los derechos de víctimas, en especial de las mujeres, la ley permitirá que las personas servidoras públicas no filtren imágenes o videos de manera ilegal e incluso se comercialicen.

Estas medidas se aplicarán a la persona servidora pública que, de forma indebida difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos, información reservada, documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penal o productos, con uno o varios hechos señalados por la ley como delitos.

Las sanciones previstas aumentarán en una tercera parte, si la información que se difunda es con el fin de menoscabar la dignidad de las víctimas o de sus familiares; se trate de cadáveres de mujeres, niñas, o adolescentes, o sea de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o del estado de salud de la víctima.


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