/ sábado 8 de enero de 2022

Raúl Contreras, director de la Facultad de Derecho de la UNAM, actualiza a sus maestros

Del 24 al 28 de enero de este año se celebrarán en la Facultad de Derecho, en línea, los cursos correspondientes a la actualización de todos los maestros de la institución que enseñan Derecho Sucesorio, conocido también como Hereditario o en su última nomenclatura Derecho Familiar Patrimonial.

La preocupación constante de señor Director Contreras Bustamante es porque la Facultad de Derecho se mantenga enhiesta y a la vanguardia en la enseñanza del Derecho, en este caso del Sucesorio, ha permitido que un gran número de maestros se inscriban, y sobre todo que se van a dar estos cursos en lo que ha sido ya una tradición en línea.

En el caso de quien esto escribe, he tenido el honor de que pueda yo participar; estos cursos se van a celebrar del 24 al 28 de enero y tengo el privilegio de iniciarlos, el lunes 24, durante cuatro horas, de las 10 a las 14 horas, para actualizar en todos sus conocimientos de esta materia, con las últimas reformas al Código Civil de la Ciudad de México, y sobre todo a las resoluciones que ha emitido el Máximo Órgano Jurisdiccional, para que nuestros maestros estén totalmente al día; en este caso para mí es un reto que pueda yo seguir contribuyendo a la formación y a la actualización de los dignos maestros y maestras que participan con ese espíritu de superación en estos cursos. Los otros días, del 25 al 28 también se explicarán otras materias de este curso que más adelante voy a mencionar.

Los cursos en línea tienen como gran ventaja que el personaje central de ellos son el libro o los libros de la materia; en segundo lugar, que las explicaciones del maestro y la resolución de dudas a los profesores que se están actualizando, y la lectura que ellos hacen, permite que después en sus intervenciones puedan hacer mejores exposiciones y sobre todo estar con las últimas reformas para estar como siempre a la vanguardia de todas las facultades de Derecho de habla Hispana.

Esta materia se ubica en los programas recientemente reformados a instancias del Doctor Contreras Bustamante, y del Presidente de Profesores de Derecho Civil, Miguel Ángel Beltrán Lara; y son del Sexto Semestre de ese Plan, que exige como curso previo obligatorio Derecho Familiar, que tiene una lógica porque normalmente la separación que se hizo en la sistemática de enseñanza del Derecho Civil, el Derecho Familiar y el Derecho Sucesorio obedece a que grosso modo las personas nacen, crecen, son sujetos de derecho, contraen obligaciones, celebran contratos, adquieren bienes, siguen su vida, unos se casan, otros se unen en concubinato, hacen familias, a veces grandes fortunas, a veces no tanto, pero finalmente como regla después del Derecho Familiar, es el Derecho Sucesorio o Familiar Patrimonial que determina cómo se van a repartir los bienes, excepto que se hubiere otorgado un testamento, en este caso público abierto en la Ciudad de México.

Lo reducido de este espacio, en este caso y la importancia del tema nos obliga a señalar brevemente cuáles son las diez unidades que componen este curso, y específicamente ya con más amplitud las dos primeras que tendré el privilegio de explicar a mis compañeros maestros.

El contenido de éstas es la siguiente: Unidad 1. Principios y Conceptos Fundamentales del Derecho Sucesorio. 1.1. Definición de Derecho Sucesorio. 1.1.1 Concepto de sucesión 1.1.2 Sucesión inter vivos. 1.1.3 Sucesión mortis causa. 1.2. Conceptos subjetivo y objetivo de herencia. 1.3. Naturaleza jurídica de la herencia. 1.4. Diversas denominaciones sobre la herencia. 1.5. Beneficio de inventario 1.6. Bonorum Separatio 1.7. Tesis de los comurientes y premurientes. 1.8. Enajenación de la Porción Hereditaria.

Unidad 2. Los Sujetos de la Sucesión. 2.1. Autor de la sucesión “de cuius” o testador. 2.1.1. Naturaleza Jurídica del autor de la sucesión. 2.2. Personas que adquieren a título Universal, Herederos. 2.2.1. Naturaleza Jurídica. 2.2.2. Responsabilidad. 2.2.3. Vocación y Delación Hereditarias. 2.2.4. Clases de Heredero. 2.2.5. Pluralidad de Herederos. 2.2.6. Capacidad e Incapacidad para heredar. 2.2.7. Regulación. 2.3. Personas que adquieren a título Particular, Legatarios. 2.3.1. Naturaleza Jurídica. 2.3.2. Responsabilidad. 2.3.3. Adquisición a título particular y gratuito. 2.3.3.1. Salvedades. 2.3.4. Regulación. 2.4. Relación entre herederos.

Reiteramos la admiración hacia nuestro Director de la Facultad de Derecho, siempre preocupado por darnos lo mejor, y sobre todo que sigamos siendo la número uno en los países de Habla Hispana y seguir cosechando y mejorando los conocimientos de todos nuestros maestros y de los alumnos.

*Profesor de Carrera, con 54 años de Cátedra ininterrumpida en Derecho Civil y Derecho Familiar, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Del 24 al 28 de enero de este año se celebrarán en la Facultad de Derecho, en línea, los cursos correspondientes a la actualización de todos los maestros de la institución que enseñan Derecho Sucesorio, conocido también como Hereditario o en su última nomenclatura Derecho Familiar Patrimonial.

La preocupación constante de señor Director Contreras Bustamante es porque la Facultad de Derecho se mantenga enhiesta y a la vanguardia en la enseñanza del Derecho, en este caso del Sucesorio, ha permitido que un gran número de maestros se inscriban, y sobre todo que se van a dar estos cursos en lo que ha sido ya una tradición en línea.

En el caso de quien esto escribe, he tenido el honor de que pueda yo participar; estos cursos se van a celebrar del 24 al 28 de enero y tengo el privilegio de iniciarlos, el lunes 24, durante cuatro horas, de las 10 a las 14 horas, para actualizar en todos sus conocimientos de esta materia, con las últimas reformas al Código Civil de la Ciudad de México, y sobre todo a las resoluciones que ha emitido el Máximo Órgano Jurisdiccional, para que nuestros maestros estén totalmente al día; en este caso para mí es un reto que pueda yo seguir contribuyendo a la formación y a la actualización de los dignos maestros y maestras que participan con ese espíritu de superación en estos cursos. Los otros días, del 25 al 28 también se explicarán otras materias de este curso que más adelante voy a mencionar.

Los cursos en línea tienen como gran ventaja que el personaje central de ellos son el libro o los libros de la materia; en segundo lugar, que las explicaciones del maestro y la resolución de dudas a los profesores que se están actualizando, y la lectura que ellos hacen, permite que después en sus intervenciones puedan hacer mejores exposiciones y sobre todo estar con las últimas reformas para estar como siempre a la vanguardia de todas las facultades de Derecho de habla Hispana.

Esta materia se ubica en los programas recientemente reformados a instancias del Doctor Contreras Bustamante, y del Presidente de Profesores de Derecho Civil, Miguel Ángel Beltrán Lara; y son del Sexto Semestre de ese Plan, que exige como curso previo obligatorio Derecho Familiar, que tiene una lógica porque normalmente la separación que se hizo en la sistemática de enseñanza del Derecho Civil, el Derecho Familiar y el Derecho Sucesorio obedece a que grosso modo las personas nacen, crecen, son sujetos de derecho, contraen obligaciones, celebran contratos, adquieren bienes, siguen su vida, unos se casan, otros se unen en concubinato, hacen familias, a veces grandes fortunas, a veces no tanto, pero finalmente como regla después del Derecho Familiar, es el Derecho Sucesorio o Familiar Patrimonial que determina cómo se van a repartir los bienes, excepto que se hubiere otorgado un testamento, en este caso público abierto en la Ciudad de México.

Lo reducido de este espacio, en este caso y la importancia del tema nos obliga a señalar brevemente cuáles son las diez unidades que componen este curso, y específicamente ya con más amplitud las dos primeras que tendré el privilegio de explicar a mis compañeros maestros.

El contenido de éstas es la siguiente: Unidad 1. Principios y Conceptos Fundamentales del Derecho Sucesorio. 1.1. Definición de Derecho Sucesorio. 1.1.1 Concepto de sucesión 1.1.2 Sucesión inter vivos. 1.1.3 Sucesión mortis causa. 1.2. Conceptos subjetivo y objetivo de herencia. 1.3. Naturaleza jurídica de la herencia. 1.4. Diversas denominaciones sobre la herencia. 1.5. Beneficio de inventario 1.6. Bonorum Separatio 1.7. Tesis de los comurientes y premurientes. 1.8. Enajenación de la Porción Hereditaria.

Unidad 2. Los Sujetos de la Sucesión. 2.1. Autor de la sucesión “de cuius” o testador. 2.1.1. Naturaleza Jurídica del autor de la sucesión. 2.2. Personas que adquieren a título Universal, Herederos. 2.2.1. Naturaleza Jurídica. 2.2.2. Responsabilidad. 2.2.3. Vocación y Delación Hereditarias. 2.2.4. Clases de Heredero. 2.2.5. Pluralidad de Herederos. 2.2.6. Capacidad e Incapacidad para heredar. 2.2.7. Regulación. 2.3. Personas que adquieren a título Particular, Legatarios. 2.3.1. Naturaleza Jurídica. 2.3.2. Responsabilidad. 2.3.3. Adquisición a título particular y gratuito. 2.3.3.1. Salvedades. 2.3.4. Regulación. 2.4. Relación entre herederos.

Reiteramos la admiración hacia nuestro Director de la Facultad de Derecho, siempre preocupado por darnos lo mejor, y sobre todo que sigamos siendo la número uno en los países de Habla Hispana y seguir cosechando y mejorando los conocimientos de todos nuestros maestros y de los alumnos.

*Profesor de Carrera, con 54 años de Cátedra ininterrumpida en Derecho Civil y Derecho Familiar, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.