/ lunes 13 de mayo de 2019

Por una educación científica, tecnológica e innovadora

El pasado 9 de mayo se llevó cabo la aprobación por parte del Senado de la República de las mas recientes modificaciones al artículo 3o Constitucional. Este artículo es el que rige la educación en México, de manera más correcta, es el que determina las obligaciones del Estado con respecto a la educación de los mexicanos.

La existencia del artículo 3o Constitucional es uno de los grandes logros de la Revolución, fue el marco jurídico que permitió la construcción del andamiaje institucional que revirtió la principal causa de desigualdad social, el acceso a la educación, al reconocerla como un derecho. En sus inicios, la Secretaría de Educación Pública se enfocó en garantizar el acceso a la educación primaria, lo que nos sacó del analfabetismo y, aunque lentamente, en estos momentos tenemos una población que de manera mayoritaria recibe 12 años de instrucción con la obligación de elevarlo a 15 en un futuro próximo.

Partiendo de lo que se redactó en 1917 como una directiva concreta: “La enseñanza es libre; pero será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, lo mismo que la enseñanza primaria, elemental y superior que se imparta en los establecimientos particulares.Ninguna corporación religiosa, ni ministro de algún culto, podrán establecer o dirigir escuelas de instrucción primaria. Las escuelas primarias particulares sólo podrán establecerse sujetándose a la vigilancia oficial. En los establecimientos oficiales se impartirá gratuitamente la enseñanza primaria”, el 3o Constitucional se ha convertido en un campo de batalla virtual sobre el cual luchan diferentes visiones de nación, comenzando por la laicidad de la educación en los años 30 del siglo pasado, pasando por la equidad de género hasta la relación con el poderosísimo sindicato de maestros en últimas fechas.

Gracias a su inscripción en la Constitución como un derecho, la educación junto con la salud y el trabajo, son el trípode desde donde se erige nuestra nación pero hacía falta una visión de futuro, acorde a las características del siglo XXI, el derecho de los mexicanos al conocimiento científico y sus derivaciones, la tecnología y la innovación. En la minuta aprobada por el Senado y ese mismo día por el Congreso de Morelos, se estableció con la modificación de la fracción V que “Toda persona tiene derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica…”. En esta misma fracción se inscribe la obligación del estado de apoyar la investigación e innovación científica, humanística y tecnológica así como garantizar el libre acceso al conocimiento generado.

Este logro podrá generar muchas y muy importantes consecuencias en el desarrollo del país, siempre y cuando se articule correctamente mediante la emisión de una Ley General de Ciencia, Tecnología e Innovación. La Ley vigente desde el año 2002 contiene mandatos de muy alto valor como la obligación del gobierno de invertir el 1% del producto interno bruto en ciencia y tecnología, sin embargo esta directiva es letra muerta puesto que no existen consecuencias ante la falta de cumplimiento. La emisión de la Ley General llevará también a a la elaboración de una nueva Ley para Morelos la cual deberá estar no solamente armonizada sino que deberá reflejar las necesidades del estado con más investigación científica del país.

Desde la Academia de Ciencias de Morelos hemos comenzado con una consulta entre investigadores sobre los términos deseables que deberán contener dichas Leyes y contamos ya con cientos de opiniones que procesaremos para sumarnos como asociación civil a la redacción. Su opinión ciudadana es igualmente valiosa y lo invitamos a enviarla por correo a presidente@acmor.org.mx

Información adicional de éste y otros temas de interés http://reivindicandoapluton.blogspot.mx

El pasado 9 de mayo se llevó cabo la aprobación por parte del Senado de la República de las mas recientes modificaciones al artículo 3o Constitucional. Este artículo es el que rige la educación en México, de manera más correcta, es el que determina las obligaciones del Estado con respecto a la educación de los mexicanos.

La existencia del artículo 3o Constitucional es uno de los grandes logros de la Revolución, fue el marco jurídico que permitió la construcción del andamiaje institucional que revirtió la principal causa de desigualdad social, el acceso a la educación, al reconocerla como un derecho. En sus inicios, la Secretaría de Educación Pública se enfocó en garantizar el acceso a la educación primaria, lo que nos sacó del analfabetismo y, aunque lentamente, en estos momentos tenemos una población que de manera mayoritaria recibe 12 años de instrucción con la obligación de elevarlo a 15 en un futuro próximo.

Partiendo de lo que se redactó en 1917 como una directiva concreta: “La enseñanza es libre; pero será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, lo mismo que la enseñanza primaria, elemental y superior que se imparta en los establecimientos particulares.Ninguna corporación religiosa, ni ministro de algún culto, podrán establecer o dirigir escuelas de instrucción primaria. Las escuelas primarias particulares sólo podrán establecerse sujetándose a la vigilancia oficial. En los establecimientos oficiales se impartirá gratuitamente la enseñanza primaria”, el 3o Constitucional se ha convertido en un campo de batalla virtual sobre el cual luchan diferentes visiones de nación, comenzando por la laicidad de la educación en los años 30 del siglo pasado, pasando por la equidad de género hasta la relación con el poderosísimo sindicato de maestros en últimas fechas.

Gracias a su inscripción en la Constitución como un derecho, la educación junto con la salud y el trabajo, son el trípode desde donde se erige nuestra nación pero hacía falta una visión de futuro, acorde a las características del siglo XXI, el derecho de los mexicanos al conocimiento científico y sus derivaciones, la tecnología y la innovación. En la minuta aprobada por el Senado y ese mismo día por el Congreso de Morelos, se estableció con la modificación de la fracción V que “Toda persona tiene derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica…”. En esta misma fracción se inscribe la obligación del estado de apoyar la investigación e innovación científica, humanística y tecnológica así como garantizar el libre acceso al conocimiento generado.

Este logro podrá generar muchas y muy importantes consecuencias en el desarrollo del país, siempre y cuando se articule correctamente mediante la emisión de una Ley General de Ciencia, Tecnología e Innovación. La Ley vigente desde el año 2002 contiene mandatos de muy alto valor como la obligación del gobierno de invertir el 1% del producto interno bruto en ciencia y tecnología, sin embargo esta directiva es letra muerta puesto que no existen consecuencias ante la falta de cumplimiento. La emisión de la Ley General llevará también a a la elaboración de una nueva Ley para Morelos la cual deberá estar no solamente armonizada sino que deberá reflejar las necesidades del estado con más investigación científica del país.

Desde la Academia de Ciencias de Morelos hemos comenzado con una consulta entre investigadores sobre los términos deseables que deberán contener dichas Leyes y contamos ya con cientos de opiniones que procesaremos para sumarnos como asociación civil a la redacción. Su opinión ciudadana es igualmente valiosa y lo invitamos a enviarla por correo a presidente@acmor.org.mx

Información adicional de éste y otros temas de interés http://reivindicandoapluton.blogspot.mx

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