/ martes 8 de febrero de 2022

Plazos registrales para Revocación de Mandato

La Ley Federal de Revocación de Mandato (LFRM), ley reglamentaria de la fracción IX del artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), dispone, en su artículo 5, que el Proceso de Revocación de Mandato (PRM) es el instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo de la persona titular de la Presidencia de la República, a partir de la pérdida de la confianza. Además, de conformidad con lo previsto en el artículo 8, primer párrafo de la LFRM, son requisitos para solicitar, participar y votar en el PRM, tener la ciudadanía mexicana, de conformidad con el artículo 34 de la CPEUM; estar inscrita o inscrito en el Padrón Electoral; contar con Credencial para Votar vigente expedida por el Registro Federal de Electores, y no contar con sentencia ejecutoriada que suspenda sus derechos políticos.

Asimismo, la LFRM señala que el Instituto Nacional Electoral (INE) es responsable de la organización, desarrollo y cómputo de la votación de los procesos de Revocación de Mandato y de llevar a cabo la promoción del voto, garantizando la observancia de los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad, paridad y perspectiva de género en el ejercicio de la función de la participación ciudadana. En este tenor, el Consejo General del INE ha aprobado Lineamientos o acuerdos necesarios para llevar a cabo la organización y desarrollo de la Revocación de Mandato.

Entre las actividades preparatorias que el INE lleva a cabo en la organización de la Revocación de Mandato, está la conformación del listado de electores, y para ello, dos de las decisiones que tomó el Consejo General del INE fue ampliar la vigencia de las credenciales con año de vigencia “2021” hasta el 10 de abril de 2022, a fin de salvaguardar el derecho al voto de las mexicanas y los mexicanos que por cualquier circunstancia no puedan actualizar su Credencial para Votar; asimismo, aprobó un ajuste a los plazos para tramitar y recoger la CPV, así como la generación, emisión y entrega de los listados nominales de electores.

Por lo anterior, los plazos relevantes para la Actualización del Padrón son los siguientes: todas las personas que realicen un trámite de la Credencial para Votar hasta el 15 de febrero de 2022 podrán participar en la Revocación de Mandato, siempre y cuando recojan la credencial a más tardar el 2 de marzo de 2022. Este plazo también aplica para jóvenes que deseen tramitar su inscripción anticipada porque cumplen 18 años antes o bien el día de la Jornada del 10 de abril de 2022.

En el estado de Morelos los módulos brindan servicio de lunes a viernes en los principales municipios, y con horarios según la modalidad de turno. Hay dos módulos con doble turno: Cuautla (7 a 19 horas) y Cuernavaca (8 a 20 horas); cinco módulos con un turno de 8 a 15 horas: Emiliano Zapata, Jiutepec, Jojutla, Temixco y Yautepec; y cuatro módulos que recorren varias localidades y municipios en horarios de un turno, acorde a una programación autorizada.

Para la realización de los trámites de las credenciales de elector, el INE, así como otras instituciones gubernamentales, mantiene el protocolo sanitario por la emergencia ante la enfermedad del Covid-19 que se resume en los siguientes puntos: Portar cubrebocas en todo momento, permitir la toma de temperatura, aplicación de gel antibacterial, acudir sin compañía, a menos que se requiera asistencia, y llegar puntual a la cita.

Para verificar la lista de documentos aceptados, o conocer más información relacionada con la credencial de elector, el INE pone a disposición la página https://www.ine.mx/credencial/ y la línea gratis de INETEL (800 433 2000). En el estado de Morelos también se puede llamar al Centro Estatal de Consulta Electoral y Orientación Ciudadana al número 777 313 2254 y visitar la página de Facebook INE Morelos. En la democracia, contamos todas, contamos todos.

Brenda Castrejón Hernández

Vocal del Registro Federal de Electores en Morelos

La Ley Federal de Revocación de Mandato (LFRM), ley reglamentaria de la fracción IX del artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), dispone, en su artículo 5, que el Proceso de Revocación de Mandato (PRM) es el instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo de la persona titular de la Presidencia de la República, a partir de la pérdida de la confianza. Además, de conformidad con lo previsto en el artículo 8, primer párrafo de la LFRM, son requisitos para solicitar, participar y votar en el PRM, tener la ciudadanía mexicana, de conformidad con el artículo 34 de la CPEUM; estar inscrita o inscrito en el Padrón Electoral; contar con Credencial para Votar vigente expedida por el Registro Federal de Electores, y no contar con sentencia ejecutoriada que suspenda sus derechos políticos.

Asimismo, la LFRM señala que el Instituto Nacional Electoral (INE) es responsable de la organización, desarrollo y cómputo de la votación de los procesos de Revocación de Mandato y de llevar a cabo la promoción del voto, garantizando la observancia de los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad, paridad y perspectiva de género en el ejercicio de la función de la participación ciudadana. En este tenor, el Consejo General del INE ha aprobado Lineamientos o acuerdos necesarios para llevar a cabo la organización y desarrollo de la Revocación de Mandato.

Entre las actividades preparatorias que el INE lleva a cabo en la organización de la Revocación de Mandato, está la conformación del listado de electores, y para ello, dos de las decisiones que tomó el Consejo General del INE fue ampliar la vigencia de las credenciales con año de vigencia “2021” hasta el 10 de abril de 2022, a fin de salvaguardar el derecho al voto de las mexicanas y los mexicanos que por cualquier circunstancia no puedan actualizar su Credencial para Votar; asimismo, aprobó un ajuste a los plazos para tramitar y recoger la CPV, así como la generación, emisión y entrega de los listados nominales de electores.

Por lo anterior, los plazos relevantes para la Actualización del Padrón son los siguientes: todas las personas que realicen un trámite de la Credencial para Votar hasta el 15 de febrero de 2022 podrán participar en la Revocación de Mandato, siempre y cuando recojan la credencial a más tardar el 2 de marzo de 2022. Este plazo también aplica para jóvenes que deseen tramitar su inscripción anticipada porque cumplen 18 años antes o bien el día de la Jornada del 10 de abril de 2022.

En el estado de Morelos los módulos brindan servicio de lunes a viernes en los principales municipios, y con horarios según la modalidad de turno. Hay dos módulos con doble turno: Cuautla (7 a 19 horas) y Cuernavaca (8 a 20 horas); cinco módulos con un turno de 8 a 15 horas: Emiliano Zapata, Jiutepec, Jojutla, Temixco y Yautepec; y cuatro módulos que recorren varias localidades y municipios en horarios de un turno, acorde a una programación autorizada.

Para la realización de los trámites de las credenciales de elector, el INE, así como otras instituciones gubernamentales, mantiene el protocolo sanitario por la emergencia ante la enfermedad del Covid-19 que se resume en los siguientes puntos: Portar cubrebocas en todo momento, permitir la toma de temperatura, aplicación de gel antibacterial, acudir sin compañía, a menos que se requiera asistencia, y llegar puntual a la cita.

Para verificar la lista de documentos aceptados, o conocer más información relacionada con la credencial de elector, el INE pone a disposición la página https://www.ine.mx/credencial/ y la línea gratis de INETEL (800 433 2000). En el estado de Morelos también se puede llamar al Centro Estatal de Consulta Electoral y Orientación Ciudadana al número 777 313 2254 y visitar la página de Facebook INE Morelos. En la democracia, contamos todas, contamos todos.

Brenda Castrejón Hernández

Vocal del Registro Federal de Electores en Morelos