/ martes 10 de agosto de 2021

Modificación de secciones electorales

En la pasada Consulta Popular celebrada el domingo 1 de agosto, en la búsqueda del domicilio y ubicación de la mesa receptora para acudir a participar, al ingresar algunas secciones electorales a la dirección electrónica habilitada, el resultado fue “Sección sin resultados, por favor comunícate con INETEL al teléfono 800 433 2000 para conocer la mesa receptora donde puedes votar”. ¿Qué pasó con estas secciones y cuántas fueron?

El artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Lgipe), manifiestan que, para los Procesos Electorales Federales y locales, corresponde al INE definir la geografía electoral, que incluirá el diseño y determinación de los distritos electorales y su división en secciones electorales, así como la delimitación de las circunscripciones plurinominales y el establecimiento de cabeceras. Asimismo, el artículo 9, párrafo 2, de la Lgipe, establece que en cada Distrito Electoral el sufragio se emitirá en la sección electoral que comprenda el domicilio de las y los ciudadanos. Igualmente, el artículo 147 de la Lgipe precisa que la sección electoral es la fracción territorial de los distritos electorales uninominales para la inscripción de las y los ciudadanos en el Padrón Electoral y en las Listas Nominales de Electores, cada sección tendrá como mínimo 100 electores y como máximo 3,000, y el fraccionamiento en secciones electorales estará sujeto a la revisión de la división del territorio nacional en distritos electorales. A este fraccionamiento se le denomina Reseccionamiento.

Por otro lado, el artículo 253, numeral 5, de la Lgipe, refiere que cuando las condiciones geográficas de infraestructura o socioculturales de una sección hagan difícil el acceso de todos los electores residentes en ella a un mismo sitio, podrá acordarse la instalación de varias casillas extraordinarias en lugares que ofrezcan un fácil acceso a los electores. Este universo también es analizado para modificaciones o ajustes a secciones electorales.

Tanto los programas de reseccionamiento como de conformaciones por casillas extraordinarias, tienen el propósito de generar secciones electorales con características que faciliten la emisión del voto de las y los ciudadanos, y para ello, acorde a lo establecido en el artículo 44 de la Lgipe, el Consejo General del INE dicta los Lineamientos para que se realicen los estudios y formulen los proyectos para contar con una cartografía electoral actualizada. Bajo este contexto normativo, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores anualmente presenta el resultado de los estudios técnicos con secciones fuera de rango o con dificultades de acceso, y conforme al presupuesto previsto se procede a la revisión exhaustiva en gabinete y campo, para que posteriormente sean aprobadas e impactadas en la cartografía electoral.

Para las elecciones federales y locales del pasado 6 de junio, previo al Proceso Electoral que arrancó en septiembre de 2020, el Consejo General del INE, en ejercicio de sus atribuciones y mediante los acuerdos INE/CG220,221y226/2020, aprobó el Marco Geográfico Electoral que se utilizaría, entre el cual se aprobaron secciones que sufrieron ajustes o modificaciones: 26 por Reseccionamiento y 192 por conformación de casillas extraordinarias; como consecuencia de esto, algunas secciones se dieron de baja y se crearon nuevas. En el caso de Morelos, 5 secciones se transformaron en 11 secciones. Las que fueron dadas de baja corresponden a los números 209, 465, 653, 783 y 844; y las nuevas son de la 909 a 919. La notificación de estos cambios se realizó mediante visita domiciliaria a toda la población afectada, durante el mes anterior al de la jornada electoral, es decir, en mayo. Dicha notificación indicaba el número de sección actual y la casilla en la que le correspondía votar.

En la Jornada Consultiva del pasado domingo 1 de agosto, la base cartográfica fue la misma que en las elecciones del 6 de junio; por ello, la información que arrojó la búsqueda de las mesas receptoras fue igual que para las casillas. Para más información sobre la cartografía electoral, se puede consultar la página http://cartografia.ife.org.mx/sige7/?inicio, llamar a la línea gratuita 800-433-2000 o al Centro Estatal de Consulta Electoral y Orientación Ciudadana en Morelos, número 777-313-2254. En la democracia, contamos todas, contamos todos.

En la pasada Consulta Popular celebrada el domingo 1 de agosto, en la búsqueda del domicilio y ubicación de la mesa receptora para acudir a participar, al ingresar algunas secciones electorales a la dirección electrónica habilitada, el resultado fue “Sección sin resultados, por favor comunícate con INETEL al teléfono 800 433 2000 para conocer la mesa receptora donde puedes votar”. ¿Qué pasó con estas secciones y cuántas fueron?

El artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Lgipe), manifiestan que, para los Procesos Electorales Federales y locales, corresponde al INE definir la geografía electoral, que incluirá el diseño y determinación de los distritos electorales y su división en secciones electorales, así como la delimitación de las circunscripciones plurinominales y el establecimiento de cabeceras. Asimismo, el artículo 9, párrafo 2, de la Lgipe, establece que en cada Distrito Electoral el sufragio se emitirá en la sección electoral que comprenda el domicilio de las y los ciudadanos. Igualmente, el artículo 147 de la Lgipe precisa que la sección electoral es la fracción territorial de los distritos electorales uninominales para la inscripción de las y los ciudadanos en el Padrón Electoral y en las Listas Nominales de Electores, cada sección tendrá como mínimo 100 electores y como máximo 3,000, y el fraccionamiento en secciones electorales estará sujeto a la revisión de la división del territorio nacional en distritos electorales. A este fraccionamiento se le denomina Reseccionamiento.

Por otro lado, el artículo 253, numeral 5, de la Lgipe, refiere que cuando las condiciones geográficas de infraestructura o socioculturales de una sección hagan difícil el acceso de todos los electores residentes en ella a un mismo sitio, podrá acordarse la instalación de varias casillas extraordinarias en lugares que ofrezcan un fácil acceso a los electores. Este universo también es analizado para modificaciones o ajustes a secciones electorales.

Tanto los programas de reseccionamiento como de conformaciones por casillas extraordinarias, tienen el propósito de generar secciones electorales con características que faciliten la emisión del voto de las y los ciudadanos, y para ello, acorde a lo establecido en el artículo 44 de la Lgipe, el Consejo General del INE dicta los Lineamientos para que se realicen los estudios y formulen los proyectos para contar con una cartografía electoral actualizada. Bajo este contexto normativo, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores anualmente presenta el resultado de los estudios técnicos con secciones fuera de rango o con dificultades de acceso, y conforme al presupuesto previsto se procede a la revisión exhaustiva en gabinete y campo, para que posteriormente sean aprobadas e impactadas en la cartografía electoral.

Para las elecciones federales y locales del pasado 6 de junio, previo al Proceso Electoral que arrancó en septiembre de 2020, el Consejo General del INE, en ejercicio de sus atribuciones y mediante los acuerdos INE/CG220,221y226/2020, aprobó el Marco Geográfico Electoral que se utilizaría, entre el cual se aprobaron secciones que sufrieron ajustes o modificaciones: 26 por Reseccionamiento y 192 por conformación de casillas extraordinarias; como consecuencia de esto, algunas secciones se dieron de baja y se crearon nuevas. En el caso de Morelos, 5 secciones se transformaron en 11 secciones. Las que fueron dadas de baja corresponden a los números 209, 465, 653, 783 y 844; y las nuevas son de la 909 a 919. La notificación de estos cambios se realizó mediante visita domiciliaria a toda la población afectada, durante el mes anterior al de la jornada electoral, es decir, en mayo. Dicha notificación indicaba el número de sección actual y la casilla en la que le correspondía votar.

En la Jornada Consultiva del pasado domingo 1 de agosto, la base cartográfica fue la misma que en las elecciones del 6 de junio; por ello, la información que arrojó la búsqueda de las mesas receptoras fue igual que para las casillas. Para más información sobre la cartografía electoral, se puede consultar la página http://cartografia.ife.org.mx/sige7/?inicio, llamar a la línea gratuita 800-433-2000 o al Centro Estatal de Consulta Electoral y Orientación Ciudadana en Morelos, número 777-313-2254. En la democracia, contamos todas, contamos todos.