/ miércoles 15 de junio de 2022

Las consultas indígenas en materia electoral

A raíz de la Jurisprudencia 37/2015 de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Instituto Nacional Electoral (INE) incluyó por primera vez en la Distritación Federal y Local 2016-2017 la Consulta previa a comunidades y pueblos indígenas en el proyecto nacional, con el propósito de conocer su opinión en las propuestas de demarcaciones distritales electorales federales y locales.

La Jurisprudencia mencionada citó un fuerte precedente, ya que señaló que las autoridades administrativas electorales de cualquier orden de gobierno, tienen el deber de consultar a la comunidad interesada, mediante mecanismos eficaces que garanticen su conocimiento, y por conducto de sus instituciones representativas, cada vez que pretendan emitir alguna medida susceptible de afectarles directamente, con el objeto de garantizar la vigencia de sus derechos indígenas y el desarrollo integral de pueblos y comunidades; sin que la opinión que al efecto se emita vincule a la autoridad administrativa, porque se trata de una consulta para determinar si los intereses de los pueblos indígenas serían agraviados.

En este contexto, el Consejo General del INE aprobó un Protocolo de Consulta con fases para su implementación que incluyeran los siguientes aspectos: información del tema de la consulta, la metodología y criterios técnicos para la conformación de distritos electorales federales y locales, las etapas de participación y las preguntas específicas para conocer su opinión. Es así como el protocolo consideró las fases informativa, deliberativa, consultiva y de entrega de dictámenes. Además, el modelo matemático incorporó la variable Distritos integrados con Municipios de población indígena, y como resultado de esa distritación, a nivel federal se conformaron 28 distritos electorales indígenas en el ámbito nacional.

Actualmente, el INE lleva a cabo el Proyecto de Distritación Nacional 2021-2023 para conformar los distritos electorales federales y locales, tomando como base el último Censo de Población del INEGI, y que debido a los cambios demográficos la población en México se ha redistribuido. Así también, el INE fortaleció su Protocolo de Consulta con las comunidades y pueblos indígenas, incluyendo en esta ocasión al universo afromexicano, y por supuesto con resoluciones de casos internacionales y nacionales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Sala Superior del TEPJF, además de las disposiciones normativas de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, por citar algunas.

El Protocolo también se refuerza con la incorporación de órganos técnicos y garantes que acompañan al INE como el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI), el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) y la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), así como un amplio universo de observadores. Las etapas de la Consulta se definieron en las siguientes: Actos y acuerdos previos, Informativa, Deliberativa, Consultiva, Valoración de las opiniones y sugerencias, y Conclusión y Dictamen.

Las consultas en la materia electoral se han incrementado en los últimos años, por ejemplo, en el estado de Morelos este año se llevó a cabo una sobre la idoneidad de las acciones afirmativas en materia de candidaturas indígenas para el proceso electoral local 2020 2021, y está en proceso otra con la comunidad de Tetelcingo que organizará la autoridad electoral local. Asimismo, en el ámbito federal el INE organiza otra consulta en materia de autoadscripción, para la postulación de candidaturas a cargos federales de elección popular.

En estas consultas pueden participar todos los pueblos y comunidades indígenas que así lo deseen, así como cualquier persona que de forma individual se autoadscriba como indígena. Sin duda, estamos en la víspera de formas de participación más incluyentes, que redundará en una democracia fuerte que responda a las necesidades de su población. En la democracia contamos todas, contamos todos.


Brenda Castrejón Hernández / Vocal del Registro Federal de Electores en Morelos

A raíz de la Jurisprudencia 37/2015 de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Instituto Nacional Electoral (INE) incluyó por primera vez en la Distritación Federal y Local 2016-2017 la Consulta previa a comunidades y pueblos indígenas en el proyecto nacional, con el propósito de conocer su opinión en las propuestas de demarcaciones distritales electorales federales y locales.

La Jurisprudencia mencionada citó un fuerte precedente, ya que señaló que las autoridades administrativas electorales de cualquier orden de gobierno, tienen el deber de consultar a la comunidad interesada, mediante mecanismos eficaces que garanticen su conocimiento, y por conducto de sus instituciones representativas, cada vez que pretendan emitir alguna medida susceptible de afectarles directamente, con el objeto de garantizar la vigencia de sus derechos indígenas y el desarrollo integral de pueblos y comunidades; sin que la opinión que al efecto se emita vincule a la autoridad administrativa, porque se trata de una consulta para determinar si los intereses de los pueblos indígenas serían agraviados.

En este contexto, el Consejo General del INE aprobó un Protocolo de Consulta con fases para su implementación que incluyeran los siguientes aspectos: información del tema de la consulta, la metodología y criterios técnicos para la conformación de distritos electorales federales y locales, las etapas de participación y las preguntas específicas para conocer su opinión. Es así como el protocolo consideró las fases informativa, deliberativa, consultiva y de entrega de dictámenes. Además, el modelo matemático incorporó la variable Distritos integrados con Municipios de población indígena, y como resultado de esa distritación, a nivel federal se conformaron 28 distritos electorales indígenas en el ámbito nacional.

Actualmente, el INE lleva a cabo el Proyecto de Distritación Nacional 2021-2023 para conformar los distritos electorales federales y locales, tomando como base el último Censo de Población del INEGI, y que debido a los cambios demográficos la población en México se ha redistribuido. Así también, el INE fortaleció su Protocolo de Consulta con las comunidades y pueblos indígenas, incluyendo en esta ocasión al universo afromexicano, y por supuesto con resoluciones de casos internacionales y nacionales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Sala Superior del TEPJF, además de las disposiciones normativas de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, por citar algunas.

El Protocolo también se refuerza con la incorporación de órganos técnicos y garantes que acompañan al INE como el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI), el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) y la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), así como un amplio universo de observadores. Las etapas de la Consulta se definieron en las siguientes: Actos y acuerdos previos, Informativa, Deliberativa, Consultiva, Valoración de las opiniones y sugerencias, y Conclusión y Dictamen.

Las consultas en la materia electoral se han incrementado en los últimos años, por ejemplo, en el estado de Morelos este año se llevó a cabo una sobre la idoneidad de las acciones afirmativas en materia de candidaturas indígenas para el proceso electoral local 2020 2021, y está en proceso otra con la comunidad de Tetelcingo que organizará la autoridad electoral local. Asimismo, en el ámbito federal el INE organiza otra consulta en materia de autoadscripción, para la postulación de candidaturas a cargos federales de elección popular.

En estas consultas pueden participar todos los pueblos y comunidades indígenas que así lo deseen, así como cualquier persona que de forma individual se autoadscriba como indígena. Sin duda, estamos en la víspera de formas de participación más incluyentes, que redundará en una democracia fuerte que responda a las necesidades de su población. En la democracia contamos todas, contamos todos.


Brenda Castrejón Hernández / Vocal del Registro Federal de Electores en Morelos