/ sábado 28 de septiembre de 2019

La violencia familiar y el análisis de los diez elementos constantes en ella

Sistematizando lo que ordenan las leyes familiares, civiles y penales al respecto, diez elementos son constantes en esta conducta: se puede realizar por actos, acciones o por omisiones; éstos deben ser intencionales con el propósito de dominar, humillar y controlar agrediendo físicamente, ofendiendo verbalmente, sometiendo psíquicamente o avasallando sexualmente a cualquier miembro de la familia; comportamiento que puede ejercerse dentro o fuera del hogar, con el propósito de dañar.

Se incluyen como sujetos pasivos de esta conducta a quienes están en calidad de custodia, guarda, protección, educación, instrucción o cuidado, a condición de que el agresor, sujeto activo, y el ofendido, sujeto pasivo, vivan o lo hayan hecho en la misma casa.

Es evidente que la violencia familiar forma parte de la familia mexicana y que, desgraciadamente, ni las leyes ni los tribunales tienen preciso su papel para prevenir esta calamidad. Por ello es condenable que, sin reflexión ni aportación alguna, la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México, en sus IV y V legislaturas, hayan suprimido desde 2010 este flagelo como causal de divorcio, que otorgaba a la vez medidas preventivas y soluciones para los miembros de la familia más vulnerables bajo estas circunstancias.

Los padres no pueden recurrir a la violencia para instruir a sus hijos. La ley lo objeta rotundamente, no es el método o forma de educar a niñas o niños, sólo los convierten en víctimas de su propio padre, madre o de su familia, que con el pretexto de la ignorancia para educar agreden sin parámetro, provocando daños irreversibles a quienes resienten las diversas conductas y distintas maneras de realización de la violencia familiar.

A pesar de la divulgación oficial, que insiste en mediatizar y en algunos casos en negar su existencia, la violencia familiar en la República Mexicana se exacerba, cada día cobra nuevas víctimas, y la impunidad de quienes cometen estos delitos o estas faltas graves, calificadas así en el Derecho Familiar, siguen sin recibir el castigo que merecen; sobre todo no hay diagnóstico de este problema social y familiar, mucho menos un pronóstico, lo que nos lleva a la conclusión de que la familia y sus miembros están condenados a sufrir este maltrato para siempre.

En esencia, la violencia familiar consiste en atacar a la familia por uno o los cuatro ángulos, explicados anteriormente, que por lo general se ejercen contra las mujeres, los menores, los incapaces y los adultos mayores. Bajo estas circunstancias, la familia o el miembro afectado tienen el deber de exigir que se reparen los daños y perjuicios cometidos contra ellos y obligar a quien haya realizado esa conducta a responder, incluso si ésta se tipifica como delito de acuerdo con la legislación penal de la Ciudad de México.


Profesor de Carrera, con 52 años de Cátedra ininterrumpida en Derecho Civil y Derecho Familiar, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Sistematizando lo que ordenan las leyes familiares, civiles y penales al respecto, diez elementos son constantes en esta conducta: se puede realizar por actos, acciones o por omisiones; éstos deben ser intencionales con el propósito de dominar, humillar y controlar agrediendo físicamente, ofendiendo verbalmente, sometiendo psíquicamente o avasallando sexualmente a cualquier miembro de la familia; comportamiento que puede ejercerse dentro o fuera del hogar, con el propósito de dañar.

Se incluyen como sujetos pasivos de esta conducta a quienes están en calidad de custodia, guarda, protección, educación, instrucción o cuidado, a condición de que el agresor, sujeto activo, y el ofendido, sujeto pasivo, vivan o lo hayan hecho en la misma casa.

Es evidente que la violencia familiar forma parte de la familia mexicana y que, desgraciadamente, ni las leyes ni los tribunales tienen preciso su papel para prevenir esta calamidad. Por ello es condenable que, sin reflexión ni aportación alguna, la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México, en sus IV y V legislaturas, hayan suprimido desde 2010 este flagelo como causal de divorcio, que otorgaba a la vez medidas preventivas y soluciones para los miembros de la familia más vulnerables bajo estas circunstancias.

Los padres no pueden recurrir a la violencia para instruir a sus hijos. La ley lo objeta rotundamente, no es el método o forma de educar a niñas o niños, sólo los convierten en víctimas de su propio padre, madre o de su familia, que con el pretexto de la ignorancia para educar agreden sin parámetro, provocando daños irreversibles a quienes resienten las diversas conductas y distintas maneras de realización de la violencia familiar.

A pesar de la divulgación oficial, que insiste en mediatizar y en algunos casos en negar su existencia, la violencia familiar en la República Mexicana se exacerba, cada día cobra nuevas víctimas, y la impunidad de quienes cometen estos delitos o estas faltas graves, calificadas así en el Derecho Familiar, siguen sin recibir el castigo que merecen; sobre todo no hay diagnóstico de este problema social y familiar, mucho menos un pronóstico, lo que nos lleva a la conclusión de que la familia y sus miembros están condenados a sufrir este maltrato para siempre.

En esencia, la violencia familiar consiste en atacar a la familia por uno o los cuatro ángulos, explicados anteriormente, que por lo general se ejercen contra las mujeres, los menores, los incapaces y los adultos mayores. Bajo estas circunstancias, la familia o el miembro afectado tienen el deber de exigir que se reparen los daños y perjuicios cometidos contra ellos y obligar a quien haya realizado esa conducta a responder, incluso si ésta se tipifica como delito de acuerdo con la legislación penal de la Ciudad de México.


Profesor de Carrera, con 52 años de Cátedra ininterrumpida en Derecho Civil y Derecho Familiar, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.

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