/ domingo 17 de septiembre de 2023

Septiembre y octubre, meses del testamento en la Ciudad de México

Entre los distinguidos lectores de esta columna que me escriben o que me preguntan algunas consultas, hemos decidido hacer una pequeña síntesis de esta importante figura del testamento, en primer lugar, para definirlo y que usted distinguido lector sepa en qué consiste, cómo hacerlo y sobre todo que tenga la orientación del Notario Público. “Testamento es un acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte.”

¿Cuánto cuesta un testamento público abierto en la Ciudad de México?

Los precios normales varían en dos rangos 4704 pesos si se realiza en una notaría o 9410 fuera de ella; pero también dependiendo la ubicación de la notaría estos precios podrán incrementarse. Algunas publicaciones hablan de que el mes del testamento es septiembre, pero nuestra investigación arroja que también puede alargarse hasta octubre en la Ciudad de México o en algunas entidades de la República. En el caso concreto de la capital, se permite, de acuerdo con la ley, que personas que lleguen a los 16 años de edad puedan testar; en este caso nuestra reserva es porque la ley señala que a los 18 años se adquiere la capacidad de ejercicio y antes de ésto cualquier acto estaría afectado de nulidad, pero así dice la ley, y como lo he reiterado antes, la ley ordena no discute. Pero también hay que considerar la trascendencia de un testamento para evitar problemas a la familia, sobre todo gastos, que imagínense ustedes distinguidos lectores, en el caso que no haya la expresión de esa última voluntad, y que sea la ley la que supla a la misma y entonces se abra la sucesión legítima y los bienes vayan a dar, de acuerdo con la ley, a los parientes, con la regla de que los más próximos eliminan a los más lejanos.

Costo del testamento en la Ciudad de México

Incluidos los impuestos y sea cual fuere la notaría, si usted acude a ellas en un horario que normalmente es de las 9 a las 14 horas, puede recibir este servicio, decíamos con los impuestos incluidos, por un valor total de 3500 (tres mil quinientos pesos). Incluso, dependiendo de la notaría donde esto se establezca, podría haber como antes señalé en otras cantidades, ahorros muy significativos.

También es importante comunicarles que el Colegio de Notarios funciona para dar consulta a las dudas con el teléfono 55 55 11 18 19 con la opción número 1; ahí usted distinguido lector puede preguntar lo que quiera, saber sus dudas, que se la resuelvan, y sobre todo para que cuando acuda ante la notaría, pueda en un sólo acto, otorgar su testamento.

Es importante reiterar para quienes nos honran leyendo este artículo, para empezar que el testamento es un acto jurídico unilateral solemne, que crea, transmite, modifica y extingue derechos y obligaciones. Que cuando se vaya a testar, aunque sean varias personas por ejemplo, deben hacer dos testamentos, porque en un mismo acto no puede emitirse más que uno. Tampoco podrían establecerse cláusulas en un testamento para que el testador no designe los bienes y que esto se proyectara a un tercero.

¿Quiénes tienen capacidad para testar?

Es un rubro trascendente, porque la regla general para testar es que lo pueden realizar “todos aquéllos a quienes la ley no prohíbe expresamente el ejercicio de ese derecho,” esto obliga a subrayar que no pueden testar, de acuerdo con el artículo 1306 del Código Civil para la Ciudad de México que ordena lo siguiente: “Están incapacitados para testar:

  1. Los menores que no han cumplido dieciséis años de edad, ya sean hombres o mujeres; y
  2. Los que habitual o accidentalmente no disfrutan de su cabal juicio.

TESTAMENTO DE UN DEMENTE

Es importante también subrayar, es una figura que llama la atención, que una persona calificada de demente, puede de acuerdo con el numeral 1307 otorgar un testamento, y en ese sentido ese artículo mandata: “Es válido el testamento hecho por un demente en un intervalo de lucidez, con tal de que al efecto se observen las prescripciones siguientes:” Y vienen ya en otros apartados los requisitos para validar el testamento de un demente, donde se señala que debe hacerse en los intervalo de lucidez, debe haber un tutor, y si no su familia solicitarlo al Juez; éste puede nombrar dos médicos que sean especialistas, que examinen al enfermo, ellos emitirán un dictamen respecto a su estado mental; en este caso el Juez debe estar presente cuando examinen al enfermo; y en ese caso él podrá preguntar lo que quiera o lo que estime conveniente para cerciorarse de la capacidad para testar; de esto se hace un acta formal y si es favorable se aprueba para que se otorgue el testamento ante Notario Público.


*Profesor de Carrera, con 56 años de Cátedra ininterrumpida en Derecho Civil y Derecho Familiar, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Entre los distinguidos lectores de esta columna que me escriben o que me preguntan algunas consultas, hemos decidido hacer una pequeña síntesis de esta importante figura del testamento, en primer lugar, para definirlo y que usted distinguido lector sepa en qué consiste, cómo hacerlo y sobre todo que tenga la orientación del Notario Público. “Testamento es un acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte.”

¿Cuánto cuesta un testamento público abierto en la Ciudad de México?

Los precios normales varían en dos rangos 4704 pesos si se realiza en una notaría o 9410 fuera de ella; pero también dependiendo la ubicación de la notaría estos precios podrán incrementarse. Algunas publicaciones hablan de que el mes del testamento es septiembre, pero nuestra investigación arroja que también puede alargarse hasta octubre en la Ciudad de México o en algunas entidades de la República. En el caso concreto de la capital, se permite, de acuerdo con la ley, que personas que lleguen a los 16 años de edad puedan testar; en este caso nuestra reserva es porque la ley señala que a los 18 años se adquiere la capacidad de ejercicio y antes de ésto cualquier acto estaría afectado de nulidad, pero así dice la ley, y como lo he reiterado antes, la ley ordena no discute. Pero también hay que considerar la trascendencia de un testamento para evitar problemas a la familia, sobre todo gastos, que imagínense ustedes distinguidos lectores, en el caso que no haya la expresión de esa última voluntad, y que sea la ley la que supla a la misma y entonces se abra la sucesión legítima y los bienes vayan a dar, de acuerdo con la ley, a los parientes, con la regla de que los más próximos eliminan a los más lejanos.

Costo del testamento en la Ciudad de México

Incluidos los impuestos y sea cual fuere la notaría, si usted acude a ellas en un horario que normalmente es de las 9 a las 14 horas, puede recibir este servicio, decíamos con los impuestos incluidos, por un valor total de 3500 (tres mil quinientos pesos). Incluso, dependiendo de la notaría donde esto se establezca, podría haber como antes señalé en otras cantidades, ahorros muy significativos.

También es importante comunicarles que el Colegio de Notarios funciona para dar consulta a las dudas con el teléfono 55 55 11 18 19 con la opción número 1; ahí usted distinguido lector puede preguntar lo que quiera, saber sus dudas, que se la resuelvan, y sobre todo para que cuando acuda ante la notaría, pueda en un sólo acto, otorgar su testamento.

Es importante reiterar para quienes nos honran leyendo este artículo, para empezar que el testamento es un acto jurídico unilateral solemne, que crea, transmite, modifica y extingue derechos y obligaciones. Que cuando se vaya a testar, aunque sean varias personas por ejemplo, deben hacer dos testamentos, porque en un mismo acto no puede emitirse más que uno. Tampoco podrían establecerse cláusulas en un testamento para que el testador no designe los bienes y que esto se proyectara a un tercero.

¿Quiénes tienen capacidad para testar?

Es un rubro trascendente, porque la regla general para testar es que lo pueden realizar “todos aquéllos a quienes la ley no prohíbe expresamente el ejercicio de ese derecho,” esto obliga a subrayar que no pueden testar, de acuerdo con el artículo 1306 del Código Civil para la Ciudad de México que ordena lo siguiente: “Están incapacitados para testar:

  1. Los menores que no han cumplido dieciséis años de edad, ya sean hombres o mujeres; y
  2. Los que habitual o accidentalmente no disfrutan de su cabal juicio.

TESTAMENTO DE UN DEMENTE

Es importante también subrayar, es una figura que llama la atención, que una persona calificada de demente, puede de acuerdo con el numeral 1307 otorgar un testamento, y en ese sentido ese artículo mandata: “Es válido el testamento hecho por un demente en un intervalo de lucidez, con tal de que al efecto se observen las prescripciones siguientes:” Y vienen ya en otros apartados los requisitos para validar el testamento de un demente, donde se señala que debe hacerse en los intervalo de lucidez, debe haber un tutor, y si no su familia solicitarlo al Juez; éste puede nombrar dos médicos que sean especialistas, que examinen al enfermo, ellos emitirán un dictamen respecto a su estado mental; en este caso el Juez debe estar presente cuando examinen al enfermo; y en ese caso él podrá preguntar lo que quiera o lo que estime conveniente para cerciorarse de la capacidad para testar; de esto se hace un acta formal y si es favorable se aprueba para que se otorgue el testamento ante Notario Público.


*Profesor de Carrera, con 56 años de Cátedra ininterrumpida en Derecho Civil y Derecho Familiar, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.