/ sábado 9 de mayo de 2020

¿Cuál es el contenido del interés superior del menor?

La convivencia obligada derivada de la pandemia, nos da la oportunidad de conocer, aplicar, mejorar las normas jurídicas que regulan el interés superior de los menores y de los adolescentes, que deben ser para los padres la prioridad número uno en el encierro en que se encuentran. Considerar que la salud de nuestros hijos que debe proyectarse a las cuestiones físicas, mentales y en su momento sexuales son tan importantes, que permitirán en el seno familiar crear personas con las características que el país necesita, y sobre todo cuando sean mayores que sean personas que se sirvan bien a sí misma y hacia los demás. Hablar de salud involucra también en la alimentación, porque los seres humanos somos lo que comemos; y desgraciadamente cuando el Papá y la mamá no ponen la atención que deben, y sus hijos o sus hijas por determinadas razones caen en la obesidad, los padres tienen poca conciencia de que esa obesidad va a llevarlos a diabetes, a ser hipertensos, a tener mala salud, y sobre todo hacer despilfarros económicos porque no se alimentan en forma adecuada; pero en este caso también los padres deben tomar en cuenta que ellos son el ejemplo de los hijos, y entonces ese interés superior del menor se verá mejorado, se verá incrementado si cuidamos lo que les damos de comer; pero a esto hay que agregar otro elemento fundamental, la educación, la educación a nuestros hijos más allá de lo que aprendan en las escuelas les permite un desarrollo personal, una seguridad, una integridad, que a pesar de su corta edad para nosotros sea muy importante porque vamos a crear ciudadanos de bien; a esta educación hay que agregar el respeto; el respeto que debemos tenernos a nosotros mismos, para aceptarnos, para prodigar nuestros afectos y para evitar en la familia cualquier clase de asomo o de vínculo de violencia. El respeto que se debe empezar por uno mismo debe proyectarse a la familia y a cada uno de sus miembros, sobre todo para que si en la casa damos muestra de estos valores seguramente que estaremos mejorando la estructura familiar.

El desarrollo de la personalidad de nuestros hijos; el fomento para que valoren y estimulen su autoestima, empezando por sus padres que deben saber que la autoestima es la apreciación que se tiene de uno mismo en cuanto a su conducta de sus valores y a su manera de ser; la autoestima debe ser algo fundamental, motivador, tanto para los padres cuanto para los hijos; además esto también es fundamental, no hay que caer en la sobreprotección de los niños, de las niñas o de los adolescentes, porque entonces lo hacemos unos inútiles; es importante darles lo que merecen pero no ir más allá porque entonces ni siquiera les daremos instrumentos o preparación para que un día por si mismos salgan adelante; también no hay que ni siquiera caer en la hipótesis de un castigo para obviar el desarrollo o la educación, porque no es con eso como se forman a las personas de bien; por eso aunque la ley diga que no debe de haber castigos excesivos, nosotros opinamos que es grave que en un momento dado se utilice un castigo para educar; también debemos pensar como consecuencia de ese desarrollo, en fomentar la responsabilidad personal, social y familiar de nuestros hijos y nuestras hijas al margen de su edad, porque esa responsabilidad les va a dar a ellos seguridad, les va a dar la posibilidad de ejercer valores que van más allá de la simple norma jurídica; también hay que fomentar en este caso que nuestros hijos tomen sus decisiones de acuerdo con su edad, su madurez psíquica y emocional, y además apoyarlos no nulificarlos, no calificarlos con adjetivos que los denostaban o que los ofenden, sino más bien palabras que los estimulen, y como señalo, que sus decisiones tengan algo muy importante que es fundamental para la familia; apoyar esa madurez y sobre todo interiorizarse de lo que es la psiquiatría, lo que es la medicina, lo que es el trabajo social, para que podamos ayudar desde esa perspectiva, y sobre todo a nuestros hijos. También hay que considerar desde el punto de vista de las leyes, que las hay en Tratados Internacionales bilaterales y multilaterales, convenios, convenciones, y que siempre si en la ley ante un conflicto hay la obligación y el deber de oír a los menores, nosotros como padres debemos de estar al pendiente de estas inquietudes, sobre todo para motivarlos. Es también ejemplo de protección del interés superior de los menores, el que la Suprema Corte de Justicia de la Nación haya tomado decisiones cuando hay conflicto respecto con quién debe irse el hijo, que en el pasado se decía que por regla era con la madre hasta los siete, hasta los 12 años, esto devino obsoleto y debemos tomarlo como un ejemplo de equidad de género proyectado del exceso que había respeto a la madre para llevarlo al padre, y que ahora ambos tienen esa posibilidad, e incluso pensar en un tercero que es lo que haría la ley si el papá o la mamá no son capaces de mantener esa educación con prioridad, con salud, en cuanto a la alimentación, la educación, el respeto que debe darse, el desarrollo a la personalidad, fomentar la responsabilidad y los derechos nacionales e internacionales expedidos al respecto.


Profesor de Carrera, con 53 años de Cátedra ininterrumpida en Derecho Civil y Derecho Familiar, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.

La convivencia obligada derivada de la pandemia, nos da la oportunidad de conocer, aplicar, mejorar las normas jurídicas que regulan el interés superior de los menores y de los adolescentes, que deben ser para los padres la prioridad número uno en el encierro en que se encuentran. Considerar que la salud de nuestros hijos que debe proyectarse a las cuestiones físicas, mentales y en su momento sexuales son tan importantes, que permitirán en el seno familiar crear personas con las características que el país necesita, y sobre todo cuando sean mayores que sean personas que se sirvan bien a sí misma y hacia los demás. Hablar de salud involucra también en la alimentación, porque los seres humanos somos lo que comemos; y desgraciadamente cuando el Papá y la mamá no ponen la atención que deben, y sus hijos o sus hijas por determinadas razones caen en la obesidad, los padres tienen poca conciencia de que esa obesidad va a llevarlos a diabetes, a ser hipertensos, a tener mala salud, y sobre todo hacer despilfarros económicos porque no se alimentan en forma adecuada; pero en este caso también los padres deben tomar en cuenta que ellos son el ejemplo de los hijos, y entonces ese interés superior del menor se verá mejorado, se verá incrementado si cuidamos lo que les damos de comer; pero a esto hay que agregar otro elemento fundamental, la educación, la educación a nuestros hijos más allá de lo que aprendan en las escuelas les permite un desarrollo personal, una seguridad, una integridad, que a pesar de su corta edad para nosotros sea muy importante porque vamos a crear ciudadanos de bien; a esta educación hay que agregar el respeto; el respeto que debemos tenernos a nosotros mismos, para aceptarnos, para prodigar nuestros afectos y para evitar en la familia cualquier clase de asomo o de vínculo de violencia. El respeto que se debe empezar por uno mismo debe proyectarse a la familia y a cada uno de sus miembros, sobre todo para que si en la casa damos muestra de estos valores seguramente que estaremos mejorando la estructura familiar.

El desarrollo de la personalidad de nuestros hijos; el fomento para que valoren y estimulen su autoestima, empezando por sus padres que deben saber que la autoestima es la apreciación que se tiene de uno mismo en cuanto a su conducta de sus valores y a su manera de ser; la autoestima debe ser algo fundamental, motivador, tanto para los padres cuanto para los hijos; además esto también es fundamental, no hay que caer en la sobreprotección de los niños, de las niñas o de los adolescentes, porque entonces lo hacemos unos inútiles; es importante darles lo que merecen pero no ir más allá porque entonces ni siquiera les daremos instrumentos o preparación para que un día por si mismos salgan adelante; también no hay que ni siquiera caer en la hipótesis de un castigo para obviar el desarrollo o la educación, porque no es con eso como se forman a las personas de bien; por eso aunque la ley diga que no debe de haber castigos excesivos, nosotros opinamos que es grave que en un momento dado se utilice un castigo para educar; también debemos pensar como consecuencia de ese desarrollo, en fomentar la responsabilidad personal, social y familiar de nuestros hijos y nuestras hijas al margen de su edad, porque esa responsabilidad les va a dar a ellos seguridad, les va a dar la posibilidad de ejercer valores que van más allá de la simple norma jurídica; también hay que fomentar en este caso que nuestros hijos tomen sus decisiones de acuerdo con su edad, su madurez psíquica y emocional, y además apoyarlos no nulificarlos, no calificarlos con adjetivos que los denostaban o que los ofenden, sino más bien palabras que los estimulen, y como señalo, que sus decisiones tengan algo muy importante que es fundamental para la familia; apoyar esa madurez y sobre todo interiorizarse de lo que es la psiquiatría, lo que es la medicina, lo que es el trabajo social, para que podamos ayudar desde esa perspectiva, y sobre todo a nuestros hijos. También hay que considerar desde el punto de vista de las leyes, que las hay en Tratados Internacionales bilaterales y multilaterales, convenios, convenciones, y que siempre si en la ley ante un conflicto hay la obligación y el deber de oír a los menores, nosotros como padres debemos de estar al pendiente de estas inquietudes, sobre todo para motivarlos. Es también ejemplo de protección del interés superior de los menores, el que la Suprema Corte de Justicia de la Nación haya tomado decisiones cuando hay conflicto respecto con quién debe irse el hijo, que en el pasado se decía que por regla era con la madre hasta los siete, hasta los 12 años, esto devino obsoleto y debemos tomarlo como un ejemplo de equidad de género proyectado del exceso que había respeto a la madre para llevarlo al padre, y que ahora ambos tienen esa posibilidad, e incluso pensar en un tercero que es lo que haría la ley si el papá o la mamá no son capaces de mantener esa educación con prioridad, con salud, en cuanto a la alimentación, la educación, el respeto que debe darse, el desarrollo a la personalidad, fomentar la responsabilidad y los derechos nacionales e internacionales expedidos al respecto.


Profesor de Carrera, con 53 años de Cátedra ininterrumpida en Derecho Civil y Derecho Familiar, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.