/ viernes 1 de julio de 2022

Sistema nacional de ciencia para el desarrollo

Nuestra Constitución diseña el aparato de Estado, sus funciones y relación con los particulares; establece derechos fundamentales; define la gestión pública y los principios de la gobernanza institucional y social.

Presenta objetivos y fines de la sociedad como mandato al Estado, ahí encontramos como prioridad el pleno ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales. Entre ellos la actividad científica y el disfrute de sus logros.

¿Puede haber en México un Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI)?

Si, la Constitución en sus artículos 1, 3, 25, 26 y 73 sienta sus bases, además el Congreso tiene obligación de legislar y publicar una nueva Ley que abrogará la Ley General de Ciencia y Tecnología del 5 de junio de 2002.

¿Para qué un SNCTI?

La Dra. Brenda Valderrama (2021) señala: “una política científica funcional asegura la generación de conocimiento, incentivos a la inversión privada y aumento en la calidad de vida de la sociedad”.

El SNCTI tendría como finalidad establecer: La Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación; un Programa Nacional estableciendo objetivos, ejes, estrategias, objetivos, indicadores, metas, líneas de acción y asignando responsabilidades institucionales; coordinación efectiva entre los sectores público, privado y social, y entre los entes públicos, universidades, academia, centros de investigación, empresas, trabajadores y sociedad; permitiendo un uso eficiente y eficaz de los recursos destinados a la Ciencia.

¿Cómo puede ser el nuevo SNCTI?

Propongo tomar la experiencia de los sistemas nacionales de Información, Estadística y Geografía; Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; Fiscalización; y Archivo. Todos con base constitucional y organizados con un Consejo Nacional. Los dos primeros son coordinados por órganos constitucionales autónomos (INEGI e INAI), el tercero tiene una conducción dual por un organismo constitucional relevante (ASF) y un ente público del poder ejecutivo (SFP); el cuarto por un organismo público descentralizado (AGN). Todos con instancias de participación social e integrados de forma colegiada con una coordinación interinstitucional amplia, que incluye la participación ciudadana y genera diálogo entre los entes públicos del Estado sin importar si son nacionales o subnacionales, Poderes, empresas productivas del Estado u órganos constitucionales autónomos.

Propongo:

1. Hacer el CONACYT órgano constitucional autónomo que coordine los órdenes de gobierno, poderes de la Unión, sociedad civil, sector empresarial y laboral. Con funciones y atribuciones para definir la política nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación; y dictar lineamientos para la elaboración de programas especiales de Ciencia, Tecnología e Innovación.

2. Un diálogo colaborativo entre el SNCTI y los sistemas nacionales de: Planeación Democrática, Educación; Información, Estadística y Geografía; Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; Fiscalización; y Archivo.

3. Operar el SNCTI a través de un Consejo Técnico, presidido por el CONACYT e integrado con representación de: Los Poderes del Estado, Foro Consultivo Científico y Tecnológico, Academia Mexicana de Ciencias; Conferencia Nacional de Ciencia y Tecnología; cada comisión regional o temática del CONACYT, sectores empresariales y sindicales, UNAM, Instituto Politécnico Nacional, Tecnológico Nacional de México y Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior.

4. Plasmar en la nueva Ley de Ciencia la reproducción del sistema nacional en sistemas locales, su posible agrupamiento en sistemas regionales y/o temáticos. Y asignarle en la Ley Federal de Responsabilidad Hacendaria funciones de supervisión sobre el presupuesto del anexo transversal de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Este sistema se inscribe en un federalismo cooperativo, es modelo de gobernanza de coordinación institucional y participación social, supera la administración pública basada en relaciones de dependencia jerárquica en su interior y asimetría de poder con la sociedad. Mejora la rendición de cuentas y nos acerca al buen gobierno.

Cuernavaca, Morelos 26 de julio de 2022

carlos.riva.palacio.than@hotmail.com

https://ahoraayeryfuturo.blogspot.com/

https://twitter.com/rivapalaciothan

https://www.facebook.com/RivaPalacioThan/

Nuestra Constitución diseña el aparato de Estado, sus funciones y relación con los particulares; establece derechos fundamentales; define la gestión pública y los principios de la gobernanza institucional y social.

Presenta objetivos y fines de la sociedad como mandato al Estado, ahí encontramos como prioridad el pleno ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales. Entre ellos la actividad científica y el disfrute de sus logros.

¿Puede haber en México un Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI)?

Si, la Constitución en sus artículos 1, 3, 25, 26 y 73 sienta sus bases, además el Congreso tiene obligación de legislar y publicar una nueva Ley que abrogará la Ley General de Ciencia y Tecnología del 5 de junio de 2002.

¿Para qué un SNCTI?

La Dra. Brenda Valderrama (2021) señala: “una política científica funcional asegura la generación de conocimiento, incentivos a la inversión privada y aumento en la calidad de vida de la sociedad”.

El SNCTI tendría como finalidad establecer: La Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación; un Programa Nacional estableciendo objetivos, ejes, estrategias, objetivos, indicadores, metas, líneas de acción y asignando responsabilidades institucionales; coordinación efectiva entre los sectores público, privado y social, y entre los entes públicos, universidades, academia, centros de investigación, empresas, trabajadores y sociedad; permitiendo un uso eficiente y eficaz de los recursos destinados a la Ciencia.

¿Cómo puede ser el nuevo SNCTI?

Propongo tomar la experiencia de los sistemas nacionales de Información, Estadística y Geografía; Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; Fiscalización; y Archivo. Todos con base constitucional y organizados con un Consejo Nacional. Los dos primeros son coordinados por órganos constitucionales autónomos (INEGI e INAI), el tercero tiene una conducción dual por un organismo constitucional relevante (ASF) y un ente público del poder ejecutivo (SFP); el cuarto por un organismo público descentralizado (AGN). Todos con instancias de participación social e integrados de forma colegiada con una coordinación interinstitucional amplia, que incluye la participación ciudadana y genera diálogo entre los entes públicos del Estado sin importar si son nacionales o subnacionales, Poderes, empresas productivas del Estado u órganos constitucionales autónomos.

Propongo:

1. Hacer el CONACYT órgano constitucional autónomo que coordine los órdenes de gobierno, poderes de la Unión, sociedad civil, sector empresarial y laboral. Con funciones y atribuciones para definir la política nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación; y dictar lineamientos para la elaboración de programas especiales de Ciencia, Tecnología e Innovación.

2. Un diálogo colaborativo entre el SNCTI y los sistemas nacionales de: Planeación Democrática, Educación; Información, Estadística y Geografía; Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; Fiscalización; y Archivo.

3. Operar el SNCTI a través de un Consejo Técnico, presidido por el CONACYT e integrado con representación de: Los Poderes del Estado, Foro Consultivo Científico y Tecnológico, Academia Mexicana de Ciencias; Conferencia Nacional de Ciencia y Tecnología; cada comisión regional o temática del CONACYT, sectores empresariales y sindicales, UNAM, Instituto Politécnico Nacional, Tecnológico Nacional de México y Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior.

4. Plasmar en la nueva Ley de Ciencia la reproducción del sistema nacional en sistemas locales, su posible agrupamiento en sistemas regionales y/o temáticos. Y asignarle en la Ley Federal de Responsabilidad Hacendaria funciones de supervisión sobre el presupuesto del anexo transversal de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Este sistema se inscribe en un federalismo cooperativo, es modelo de gobernanza de coordinación institucional y participación social, supera la administración pública basada en relaciones de dependencia jerárquica en su interior y asimetría de poder con la sociedad. Mejora la rendición de cuentas y nos acerca al buen gobierno.

Cuernavaca, Morelos 26 de julio de 2022

carlos.riva.palacio.than@hotmail.com

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