/ viernes 12 de agosto de 2022

LIV Legislatura... sumisa y tramposa

Una vez más se dejó en claro el tramposo esquema de trabajo y la manipulación a la que fue sujeta la LIV Legislatura… este jueves 11 de agosto, con 8 votos a favor los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la invalidez del artículo 55 de la Ley Orgánica para el Congreso de Morelos, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” el 12 de febrero de 2020, mediante Decreto 647.

Debe recordarse que esa reforma se hizo para favorecer a los diputados que conformaban el bloque de 13 afines al Gobierno en la LIV Legislatura y fue parte de una serie de iniciativas impulsadas por el hoy investigado penalmente, ex secretario de Gobierno, Pablo Ojeda Cárdenas.

Esta Acción de Inconstitucionalidad deja además en claro la sumisión y cómplice actuación de quienes se manejaron en la Presidencia y Vicepresidencia del Congreso del Estado, Alfonso de Jesús Sotelo Martínez y José Luis Galindo Cortés; hoy premiados con la titularidad de la Secretaría de Desarrollo Social y Desarrollo Sustentable, respectivamente.

Aunque la resolución del Pleno de la Corte es determinante y definitiva, es muy grave que sabedores de los tiempos judiciales, sabedores de la trampa o la violación al mandato constitucional, tanto diputados como representantes del Poder Ejecutivo, le apuesten precisamente al tiempo, al momento, a la política. Los legisladores de ese entonces, los que “redujeron la mayoría calíficada” ahí están, cerca de nosotros; algunos como se mencionó, siguen en la actuación pública y otros más en la aspiración de retornar.

La Acción de Incosntitucinalidad es un garante de que las cosas no se hagan a capricho o por encomienda; la facultad legislativa es una de los más altos privilegios que se pueden alcanzar por el voto popular, hacerlo en contra de la Constitución debiera merecer la inhabilitación permanente en la función pública.

Para que conste:

Ariadna Barrera Vázquez, Andrés Duque Tinoco, Rosalina Mazari Espín, Dalila Morales Sandoval, Rolsalinda Gutiérrez Tinoco, Alfonso de Jesús Sotelo Martínez, Marcos Zapotitla Becerro, Cristina Xochiquetzal Sánchez Ayala, José Casas González, Alejandra Flores Espinosa (Presentadora de la Iniciativa a nombre de la fracción de Morena), José de Jesús Galindo Cortés, Héctor Javier García Chávez, Ana Cristina Guevara Ramírez y Elsa delia González Solórzano impulsaron la modificación.

Maricela Jiménez Aremandáriz, Tania Valentina Rodíguez Ruiz, Blanca Nieves Sánchez Arano, Naida Josefina Díaz Roca, Keyla Selene Figueroa Evaristo y Ericka García Zaragoza, denunciaron la entonces intentona del grupo sometido al Gobernador.

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, CDHM, presentó la Acción de Inconstitucionalidad en contra de la actuación de la anterior Legislatura. En esta ocasión el debate mereció un poco más de una hora y fue el único punto abordado en la sesión del Pleno.

La impugnación versa sobre el hecho de que la reforma sufrió ese artículo, el 55, no fue hecha con la mayoría calificada, con 14 votos; la modificación permitió que los diputados presidan hasta 5 comisiones cuando antes solo se les acreditaba que estuvieran al frente de dos comisiones o comités.

La declaratoria de inconstitucionalidad surtirá sus efectos a partir de la notificación al Congreso; el efecto será que se tendrán que modificar las comisiones para que un diputado no pueda presidir más de dos.


Una vez más se dejó en claro el tramposo esquema de trabajo y la manipulación a la que fue sujeta la LIV Legislatura… este jueves 11 de agosto, con 8 votos a favor los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la invalidez del artículo 55 de la Ley Orgánica para el Congreso de Morelos, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” el 12 de febrero de 2020, mediante Decreto 647.

Debe recordarse que esa reforma se hizo para favorecer a los diputados que conformaban el bloque de 13 afines al Gobierno en la LIV Legislatura y fue parte de una serie de iniciativas impulsadas por el hoy investigado penalmente, ex secretario de Gobierno, Pablo Ojeda Cárdenas.

Esta Acción de Inconstitucionalidad deja además en claro la sumisión y cómplice actuación de quienes se manejaron en la Presidencia y Vicepresidencia del Congreso del Estado, Alfonso de Jesús Sotelo Martínez y José Luis Galindo Cortés; hoy premiados con la titularidad de la Secretaría de Desarrollo Social y Desarrollo Sustentable, respectivamente.

Aunque la resolución del Pleno de la Corte es determinante y definitiva, es muy grave que sabedores de los tiempos judiciales, sabedores de la trampa o la violación al mandato constitucional, tanto diputados como representantes del Poder Ejecutivo, le apuesten precisamente al tiempo, al momento, a la política. Los legisladores de ese entonces, los que “redujeron la mayoría calíficada” ahí están, cerca de nosotros; algunos como se mencionó, siguen en la actuación pública y otros más en la aspiración de retornar.

La Acción de Incosntitucinalidad es un garante de que las cosas no se hagan a capricho o por encomienda; la facultad legislativa es una de los más altos privilegios que se pueden alcanzar por el voto popular, hacerlo en contra de la Constitución debiera merecer la inhabilitación permanente en la función pública.

Para que conste:

Ariadna Barrera Vázquez, Andrés Duque Tinoco, Rosalina Mazari Espín, Dalila Morales Sandoval, Rolsalinda Gutiérrez Tinoco, Alfonso de Jesús Sotelo Martínez, Marcos Zapotitla Becerro, Cristina Xochiquetzal Sánchez Ayala, José Casas González, Alejandra Flores Espinosa (Presentadora de la Iniciativa a nombre de la fracción de Morena), José de Jesús Galindo Cortés, Héctor Javier García Chávez, Ana Cristina Guevara Ramírez y Elsa delia González Solórzano impulsaron la modificación.

Maricela Jiménez Aremandáriz, Tania Valentina Rodíguez Ruiz, Blanca Nieves Sánchez Arano, Naida Josefina Díaz Roca, Keyla Selene Figueroa Evaristo y Ericka García Zaragoza, denunciaron la entonces intentona del grupo sometido al Gobernador.

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, CDHM, presentó la Acción de Inconstitucionalidad en contra de la actuación de la anterior Legislatura. En esta ocasión el debate mereció un poco más de una hora y fue el único punto abordado en la sesión del Pleno.

La impugnación versa sobre el hecho de que la reforma sufrió ese artículo, el 55, no fue hecha con la mayoría calificada, con 14 votos; la modificación permitió que los diputados presidan hasta 5 comisiones cuando antes solo se les acreditaba que estuvieran al frente de dos comisiones o comités.

La declaratoria de inconstitucionalidad surtirá sus efectos a partir de la notificación al Congreso; el efecto será que se tendrán que modificar las comisiones para que un diputado no pueda presidir más de dos.


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